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Este artículo fue curado por Carlos Diaz   Ago 6, 2026 - 10:58 am
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A pocas horas de que termine el Gobierno de Gustavo Petro y se posesione Abelardo de la Espriella como nuevo mandatario, este 7 de agosto, quedó sancionada una de las últimas normas de la actual administración, la cual crea un nuevo subsidio.

Se trata de la Ley 2618 del 31 de julio de 2026, que crea el Programa de Alimentación Universitaria (PAU), una iniciativa que permitirá que miles de estudiantes de universidades públicas reciban alimentación mediante platos servidos o, cuando no exista infraestructura suficiente, a través de bonos o subsidios para comprar alimentos.

La norma busca atacar uno de los problemas que más afecta la permanencia en la educación superior: la inseguridad alimentaria entre estudiantes de pregrado. Según el texto de la ley, el programa pretende garantizar el acceso a una alimentación adecuada y nutritiva, priorizando a quienes se encuentren en condición de vulnerabilidad económica y social, con el objetivo de mejorar la permanencia estudiantil, el rendimiento académico y ampliar la cobertura de los programas de alimentación existentes.

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La sanción de esta ley también marca uno de los últimos actos legislativos del Gobierno Petro antes del cambio de administración. Ahora corresponderá al gobierno que inicia funciones el 7 de agosto implementar y reglamentar gran parte de sus disposiciones para que los beneficios lleguen efectivamente a las universidades públicas del país.

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Uno de los aspectos que más llama la atención de la nueva legislación es que no todas las universidades estarán obligadas a entregar alimentación de la misma manera.

La ley establece dos modalidades de atención. Plato servido, para las universidades que cuenten con comedores, infraestructura y logística para preparar y entregar alimentos; y el subsidio o bono de alimentación, que consistirá en un subsidio económico o un incentivo en especie de carácter mensual para que los estudiantes puedan adquirir alimentos cuando la institución no tenga capacidad para ofrecer un comedor universitario.

En otras palabras, el bono no será un beneficio universal ni automático para todos los universitarios. Su implementación dependerá de la infraestructura disponible en cada institución y de los lineamientos que posteriormente defina el Ministerio de Educación Nacional.

La ley también señala que las universidades deberán promover convenios con mercados campesinos y cooperativas para que esos bonos puedan ser redimidos en establecimientos de origen local, fortaleciendo además las economías regionales.

Los universitarios que podrán recibir el beneficio o el subsidio

La nueva legislación establece que los beneficiarios serán estudiantes matriculados en programas de pregrado de universidades públicas que sean focalizados por cada institución de acuerdo con los cupos disponibles.

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Además, fija prioridades claras para asignar los beneficios. Entre los grupos priorizados aparecen:

  • Estudiantes en condición de vulnerabilidad económica y social.
  • Mujeres gestantes o en periodo de lactancia.
  • Personas con discapacidad.
  • Víctimas del conflicto armado.
  • Integrantes de grupos étnicos.
  • Estudiantes provenientes de zonas rurales, dispersas o insulares.
  • Jóvenes pertenecientes a los estratos 1, 2 y 3.

La norma también aclara que los estudiantes de programas completamente virtuales no podrán acceder al Programa de Alimentación Universitaria. Asimismo, el beneficio podrá otorgarse por un máximo de diez semestres académicos.

Cada universidad deberá definir sus propios criterios de selección, respetando como mínimo las condiciones establecidas por la ley. Entre ellas, que el estudiante sea de pregrado, esté matriculado académica y financieramente y no reciba otro programa institucional de alimentación que cubra las mismas necesidades.

¿Quién pagará el Programa de Alimentación Universitaria?

Uno de los puntos que deja claros la Ley 2618 es que el programa deberá financiarse con recursos adicionales del Presupuesto General de la Nación.

El texto establece expresamente que esos recursos no podrán sustituir las transferencias que actualmente reciben las universidades públicas ni afectar otros recursos destinados a su funcionamiento. También podrán sumarse donaciones, recursos propios de las instituciones y esquemas de concurrencia con entidades territoriales.

Para distribuir el presupuesto, el Ministerio de Educación deberá tener en cuenta variables como el número de estudiantes beneficiarios, los niveles de pobreza multidimensional, las brechas de cobertura educativa, las condiciones territoriales y las necesidades particulares de cada universidad, incluyendo sedes ubicadas en zonas fronterizas, insulares o de difícil acceso.

La ley también incorpora mecanismos de control para verificar que el programa cumpla su propósito.

Las universidades deberán presentar informes trimestrales y anuales con indicadores sobre cobertura, calidad nutricional, ejecución presupuestal, número de estudiantes atendidos y resultados obtenidos. Además, el Ministerio de Educación implementará un sistema permanente de monitoreo y evaluación para medir el impacto del programa sobre la nutrición, la permanencia y el rendimiento académico de los estudiantes.

Asimismo, cada institución deberá habilitar canales para recibir quejas y sugerencias de estudiantes y publicar los informes de ejecución para garantizar la transparencia del programa.

Aunque la Ley 2618 ya fue sancionada y entró en vigencia con su promulgación, su implementación no será inmediata.

El texto concede un plazo de un año para que el Ministerio de Educación y las universidades públicas desarrollen la reglamentación, definan los lineamientos técnicos y pongan en marcha el Programa de Alimentación Universitaria en todo el país.

Esto significa que será el gobierno que asumirá el poder el 7 de agosto, encabezado por Abelardo de la Espriella, el que tendrá la responsabilidad de convertir esta ley en un programa operativo, definir cómo funcionarán los bonos de alimentación, establecer los criterios técnicos para su entrega y garantizar los recursos necesarios para que los estudiantes comiencen a recibir el beneficio, esto en medio del déficit fiscal.

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