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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Oct 30, 2025 - 6:22 am
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Durante la noche de este 29 de octubre, varios grupos de motociclistas se aglomeraron en algunos puntos de Bogotá para levantar su voz de protesta contra las medidas de restricción que tomó la Alcaldía para el puente festivo de Halloween, celebración que en años anteriores se ha tornado caótica en las vías de la capital.

(Le recomendamos: Alcaldía de Bogotá restringe circulación de motocicletas durante puente de Halloween: así funcionará)

Y es que es Distrito decidió tomar medidas transitorias y preventivas durante este fin de semana, para buscar proteger la vida, garantizar la seguridad vial y preservar el orden público ante el incremento de siniestros y las denominadas “rodadas de Halloween” o “rodadas del terror”.

¿Cuál es la vigencia y alcance? Estas son las fechas de la restricción

La restricción parcial de circulación para motocicletas se implementará durante el puente festivo de Halloween, del jueves 30 de octubre hasta el lunes 3 de noviembre de 2025.

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Existen dos tipos principales de restricción que deben tener en cuenta:

1.Restricción total para motocicletas con acompañante

Esta es la medida más amplia en términos de tiempo. La restricción de circulación aplica para las motocicletas que lleven pasajero o acompañante en toda la ciudad.

Horario: desde las 00:00 del jueves 30 de octubre hasta las 11:59 p. m. del lunes 3 de noviembre de 2025.

Durante estos días, sin importar la hora ni el lugar dentro de Bogotá, las motocicletas no podrán transitar con un acompañante.

2. Restricción nocturna general en corredores viales de alto riesgo

Adicionalmente, la Alcaldía ha decretado una restricción que afecta la circulación de todas las motocicletas (incluyendo aquellas que viajan sin acompañante) en corredores viales específicos que históricamente han presentado un alto número de siniestros viales.

Horario: la prohibición de circulación en estos corredores aplica entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m. de cada día del fin de semana.

(Le puede interesar: Ojo: estas son las excepciones a restricción de motocicletas durante puente de Halloween en Bogotá)

Estas son las 20 vías de Bogotá con prohibición nocturna

La restricción nocturna se concentra en 20 vías principales identificadas como puntos críticos. Tenga muy presente que, si usted necesita transitar entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m., deberá evitar completamente los siguientes corredores:

  • Autopista Norte
  • Autopista Sur
  • NQS
  • Avenida Boyacá
  • Avenida Ciudad de Cali
  • Avenida Primero de Mayo
  • Avenida Las Américas
  • Avenida Suba
  • Calle 26 (Avenida El Dorado)
  • Calle 80
  • Carrera Séptima
  • Carrera 68
  • Avenida Centenario (Calle 13)
  • Avenida Guayacanes
  • Avenida Esperanza
  • Avenida Villavicencio
  • Avenida Circunvalar
  • Calle 53
  • Calle 63
  • Carrera 60

Si su ruta nocturna involucra alguno de estos puntos entre las 8:00 p. m. y las 5:00 a. m., debe buscar una vía alterna no restringida.

¿Por qué la restricción se centra en motociclistas?

Esta decisión de la Alcaldía de Bogotá toma como estudios que demuestra un patrón crítico de riesgo en estas fechas de celebración. Según el Distrito, los motociclistas son las víctimas más afectadas durante el fin de semana de Halloween:

  • Entre 2022 y 2024, se registraron entre 14 y 16 víctimas fatales cada año durante estos fines de semana.
    Alarmantemente, 8 de cada 10 siniestros mortales involucraron a un motociclista.
  • El riesgo nocturno es evidente: en 2024, el 73% de las muertes nocturnas de motociclistas ocurrió entre las 10:00 p. m. y las 4:00 a. m..

Además del riesgo vial, exceso de velocidad, consumo de alcohol e irrespeto a las normas, se ha observado un aumento en los índices de inseguridad asociados a este medio de transporte: los homicidios cometidos por agresores en moto aumentaron un 21%, y los hurtos a personas un 4%. Las medidas buscan atajar tanto los siniestros como las alteraciones al orden público.

(Vea también: Protesta de moteros se salió de control y agredieron a famoso periodista de Noticias Caracol)

Excepciones: ¿quiénes pueden circular sin restricción?

Las autoridades han definido excepciones importantes. Usted no incurrirá en infracción si su motocicleta está relacionada con:

  • Fuerza Pública, organismos de emergencia y socorro.
  • Seguridad privada debidamente identificada.
  • Servicios de aseguradoras.
  • Transporte de personas con discapacidad.
  • Control y mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  • Mensajería y domicilios: Esta excepción aplica solo si el vehículo y el conductor están plenamente identificados. Los logos y/o distintivos del servicio deben estar pintados o adheridos a la motocicleta, y el conductor debe estar plenamente identificado.

Si usted trabaja como domiciliario o mensajero, asegúrese de cumplir estrictamente con los requisitos de identificación para evitar problemas en los controles.

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