Jun 11, 2026 - 11:59 am

El candidato presidencial Abelardo de la Espriella podrá seguir utilizando la camiseta de la Selección Colombia en actividades políticas de su campaña luego de que un juzgado de Bogotá revocara la medida provisional que se lo impedía mientras avanzaba una acción de tutela presentada por un ciudadano.

La decisión fue adoptada por el Juzgado 62 Penal de Conocimiento de Bogotá, que dejó sin efectos la orden emitida días atrás por el Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de la capital. En ese primer fallo se había considerado que el uso de la camiseta como símbolo de campaña podía afectar derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación y la libertad de elegir y ser elegido.

Sin embargo, el nuevo despacho concluyó que la prohibición era desproporcionada, ambigua y carecía de fundamentos suficientes para mantenerse vigente mientras se resuelve de fondo la tutela.

Uno de los principales argumentos del juez fue que la medida no establecía con claridad a quiénes cobijaba la restricción. Según la providencia, la orden inicial “no determina con precisión las personas sobre las cuales recae la prohibición de portar la camiseta”, especialmente si se tiene en cuenta que la candidatura de De la Espriella fue inscrita por un Grupo Significativo de Ciudadanos respaldado por cerca de cuatro millones de firmas.

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Para el juzgado, esa falta de precisión genera inseguridad jurídica y podría terminar afectando derechos de ciudadanos que ni siquiera hacen parte de la campaña presidencial.

“La falta de claridad respecto de los destinatarios y del alcance de la prohibición genera un escenario de incertidumbre jurídica”, señala la decisión judicial.

El despacho también cuestionó directamente algunos de los argumentos utilizados para justificar la medida cautelar. En particular, rechazó la idea de que la camiseta de la Selección Colombia solo pueda utilizarse en escenarios deportivos.

Según el fallo, “se hace un argumento falaz al señalar que la camiseta de una selección de fútbol debe ser utilizada para escenarios deportivos y no para uso publicitario de la campaña presidencial”, pues asumir que una prenda tiene una única finalidad legítima constituye una interpretación equivocada.

De igual manera, el juez sostuvo que la decisión inicial contenía contradicciones. Mientras en algunos apartados se reconocía que la camiseta tiene un origen deportivo, posteriormente se le atribuía una condición similar a la de un símbolo patrio, algo que, según la providencia, no corresponde a lo establecido en la ley.

Otro de los aspectos analizados fue el alcance de la restricción. El Juzgado 62 advirtió que impedir el uso de la camiseta no solo afectaba al candidato presidencial y a su movimiento Defensores de la Patria, sino también a millones de ciudadanos que podrían utilizarla por razones completamente ajenas a la política.

Incluso señaló que atribuirle a la prenda un carácter exclusivo de identificación electoral podría generar confusión y hacer pensar que cualquier persona que la use está respaldando una candidatura específica.

Finalmente, el despacho concluyó que la medida provisional no superaba un análisis de proporcionalidad y que no cumplía con los requisitos de necesidad y urgencia exigidos para este tipo de decisiones. Por ello ordenó revocarla mientras continúa el estudio de fondo de la tutela.

Aunque el proceso judicial sigue activo y tanto el Consejo Nacional Electoral, la Federación Colombiana de Fútbol y otras partes vinculadas deberán pronunciarse, la decisión significa que Abelardo de la Espriella podrá seguir utilizando la camiseta de la Selección Colombia en sus actos de campaña mientras se define el caso de manera definitiva.

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Quién es y qué propone Abelardo de la Espriella

Este es el perfil de 'outsider' colombiano que obtuvo más de 10 millones de votos en la primera vuelta a la presidencia. Tiene una experiencia como abogado y nunca ha estado en un puesto de representación pública, pero ha logrado conectar con los colombianos como no lo han hecho muchos políticos de trayectoria. Esto es lo que que propone Abelardo de la Espriella:

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