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Este artículo fue curado por Santiago Buenaventura   Jun 17, 2024 - 1:59 pm
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Luego de que se retomara la audiencia de medida de aseguramiento a las 9:47 de la mañana de este lunes, el juez tercero penal municipal con función de control de garantías de Envigado envió a la cárcel a Julián Alberto Quintero, mientras avanza el proceso judicial por el doble crimen del productor musical Dr. Velásquez y su novia, Sofía Riascos.

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Por la gravedad de los hechos, considerarse un peligro para la sociedad y en aras a que no intervenga en las labores investigativos por residir donde ocurrió el doble crimen, la judicatura consideró esta medida.

De acuerdo con el juez, la defensa de Julián Alberto argumentó que puede haber otro móvil de los hechos, debido a las amenazas que al parecer recibió previamente el productor musical por inconvenientes por dinero, presuntamente por parte de personas de esa industria. De otro lado, que se considerara que Velásquez había atentado contra su vida, por una publicación en las redes sociales en la que parecía despedirse, aunque esta última causa fue descartada tras el informe de Medicinal Legal.

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También la defensa de Quintero argumentó vicios en el proceso como la Fiscalía presuntamente obtuvo la información del señalado, pero la judicatura aclaró que la medida de aseguramiento se solicita ante una inferencia razonable de participación del implicado en el asesinato, que se soporta ante la necesidad de urgencia del proceso, por lo que es algo inacabado que es alimentado posteriormente por la Fiscalía en su proceso investigativo.

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Durante la intervención de la Fiscalía, su representante argumentó pedir la medida privativa de la libertad contra Julián Alberto Quintero, entre otras cosas, por el cambio de versiones que tuvo el procesado, mayordomo de la finca en la que ocurrieron los hechos, pero principalmente la fría confesión que hizo un día después de los hechos, ampliando su versión ante el fiscal.

“Contestó: ‘yo era la mano derecha de Daniel Alejandro e incluso nos queríamos mucho, ‘yo fui quien los maté a los dos'”, leyó el fiscal del caso.

A su vez, indicó el juez que no hay una clara contaminación del lugar de los hechos, pese a la presencia de más personas allí tras la ocurrencia del crimen. También indicó que no hay elementos que indiquen que Quintero fue obligado a entregar el arma traumática que inicialmente le relaciona a las autoridades.

“En centro carcelario de alta seguridad o mediana seguridad, dependiendo de donde se determine por la autoridad administrativa, deba permanecer el señor Julián Alberto, y al cual también se dejará como observación que, en ese caso particular, quien cumpla esa función de agente captor deberá estar atento y propiciar que, donde vaya a estar recluido, esté efectivamente en ámbitos de seguridad y protección para su vida e integridad“, dijo el juez.

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Frente a otra de las dudas del proceso, el juez tercero explicó que estar en estado de embriaguez no quiere decir que los uniformados que lo entrevistaron no le hayan precisado sus derechos, además de que ello no quiere decir no tener conciencia de la situación. A su vez, acotó que el policía no es un perito para saber el grado de embriaguez en el que se encontraba.

Durante la audiencia, la defensa de Quintero apeló la decisión del juez de control de garantías de dictarle medida de aseguramiento.

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