El Ministerio del Trabajo cambió el enfoque de sus inspecciones laborales mediante la Circular 110, que establece que, cuando las circunstancias lo permitan, los empleadores deberán ser advertidos, orientados y recibir un plazo para corregir incumplimientos antes de enfrentar un proceso sancionatorio.
La medida busca que la inspección laboral se concentre en resolver los problemas de los trabajadores y no únicamente en imponer multas. Así, si un empleador adeuda salarios, no ha afiliado a un trabajador al sistema de seguridad social o presenta errores en la liquidación de horas extras, el inspector podrá señalar la irregularidad, explicar cómo corregirla y establecer un plazo.
Si el empleador cumple dentro del tiempo establecido, se evita el avance del proceso sancionatorio. Sin embargo, si no corrige la situación, la investigación continúa y puede terminar en una multa.
El Ministerio aclaró que la advertencia debe quedar por escrito, estar debidamente motivada y aplicarse con criterios uniformes en todo el país.
La directriz no aplica cuando la conducta constituye un delito o cuando el caso ya está en manos de una autoridad con poder preferente.
El Gobierno sostiene que el cambio busca fortalecer la protección laboral y cumplir los convenios de inspección de la OIT, bajo la idea de que el inspector también debe prevenir, orientar y ayudar a solucionar conflictos.
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