Uno de los temas que abordarían tiene que ver con la carga tributaria que existe actualmente en el país y que, según Restrepo, no es lo suficientemente efectiva para las necesidades actuales.
Interrogado por Caracol Radio sobre si modificarían o no los impuestos en su eventual gobierno, el también exministro de Comercio explicó que sí han contemplado eliminar el llamado impuesto saludable.
“Uno que no me gusta para nada es ese impuesto saludable, que muy poco tiene de saludable. Y lo hemos dicho públicamente: hay que eliminar el impuesto saludable”, afirmó Restrepo.
Según dice, dicho tributo no tiene ninguna presentación.
“Quién dijo que un impuesto es el mecanismo a través del cual usted define el consumo de una persona. Las personas deben definir qué es lo que quieren consumir libremente”, explicó.
Sin embargo, también dejó claro que la política de etiquetado, que alerta sobre el riesgo de consumir algún producto, se mantendría, entre otras cosas, porque no es algo que tenga que ver con impuestos, sino es una política de salud.
Para él, el impuesto saludable “es un impuesto que terminaron poniendo ahí por una razón puramente ideológica, por ninguna otra razón distinta a eso”.
El candidato a la vicepresidencia también dejó claro que no están pensando en hacer un cambio en el IVA a los alimentos.
La ley estipuló que estos gravámenes no entrarían a regir de inmediato de manera plena, sino mediante una transición gradual que comenzó formalmente el primero de noviembre de 2023.
El legislador estructuró esta escala progresiva con el objetivo de permitir que tanto la industria de alimentos como los consumidores finales adaptaran sus presupuestos, recetas y dinámicas de mercado de forma paulatina.
Los llamados “impuestos saludables” fueron diseñados para desincentivar el consumo de productos perjudiciales para la salud y tocan directamente a dos grandes categorías comerciales: las bebidas ultraprocesadas azucaradas (IBUA) y los productos comestibles ultraprocesados industrialmente (ICUI).
¿Cómo se cobra este impuesto saludable y quién lo paga?
Una de las dudas más frecuentes entre los ciudadanos es en qué eslabón de la cadena comercial se aplica este tributo. De acuerdo con las precisiones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), el hecho generador del impuesto se causa en la primera etapa de comercialización. Es decir:
Lo declara y lo paga el productor local al momento de vender el bien, retirarlo de sus inventarios o transferirlo a título gratuito (donaciones).
Lo paga el importador al momento de nacionalizar la mercancía extranjera en las aduanas.
Impacto al consumidor: aunque el responsable legal ante la Dian es el fabricante o el importador, este valor se traslada como un mayor costo del producto a lo largo de la cadena de distribución. Esto significa que cuando el producto llega a los supermercados, grandes superficies o tiendas de barrio, el precio de venta final de cara al consumidor ya incluye el impacto del gravamen.
Están exentas de esta responsabilidad las personas naturales (como pequeños panaderos artesanales o microproductores independientes) que califiquen como productores minoristas y cuyos ingresos brutos del año anterior sean inferiores a las 10.000 UVT.
Quién es y qué propone Abelardo de la Espriella
Este es el perfil de 'outsider' colombiano que obtuvo más de 10 millones de votos en la primera vuelta a la presidencia. Tiene una experiencia como abogado y nunca ha estado en un puesto de representación pública, pero ha logrado conectar con los colombianos como no lo han hecho muchos políticos de trayectoria. Esto es lo que que propone Abelardo de la Espriella:
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