Así habría un último golpe que daría Gustavo Petro al bolsillo de los colombianos, dos modificaciones radicales se convierten en un alivio importante para los trabajadores del país.
Desde este primero de julio de 2026 comienza a regir el aumento del recargo por trabajar domingos y festivos, que pasó al 90 % sobre el valor de la hora ordinaria.
Además, a partir del 15 de julio continuará la reducción gradual de la jornada laboral máxima, que bajará de 44 a 42 horas semanales en todo el territorio nacional.
El ajuste en el pago de domingos y festivos hace parte de la implementación gradual de la Ley 2466 de 2025 que transforma las condiciones del empleo formal.
Esta norma estableció un cronograma para elevar progresivamente el recargo que reciben los trabajadores cuando laboran en días de descanso obligatorio establecidos por las leyes de la república.
Con el cambio que empezó en julio de 2026, el porcentaje adicional será del 90 % y se mantendrá vigente hasta junio de 2027 para los contratos laborales.
El recargo dominical y festivo venía de ubicarse en el 80 % entre julio de 2025 y junio de 2026, mostrando un incremento progresivo para beneficio de los operarios.
Antes de ese periodo, hasta junio de 2025, el porcentaje era del 75 %. Con la nueva etapa de la ley, desde julio de 2026 el recargo sube al 90 %.
Según el cronograma previsto, la compensación llegará al 100 % a partir de julio de 2027, igualando el valor de una hora ordinaria diurna de trabajo ordinario en Colombia.
La medida aplica para los trabajadores que prestan sus servicios durante domingos y festivos. En esos casos, el pago debe reconocer el porcentaje adicional sobre la hora ordinaria.
La liquidación se ejecutará de acuerdo con el periodo de vigencia definido por la norma. Este cambio tiene impacto directo en la liquidación de nómina de la fuerza laboral.
El incremento del recargo se suma a otro ajuste laboral que ya había comenzado a regir. Desde el 25 de diciembre de 2025 la jornada nocturna sufrió variaciones.
El horario de la noche quedó establecido entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m., con un recargo del 35 % por el tiempo de servicio.
Ese cambio amplió el periodo en el que las horas trabajadas deben pagarse con reconocimiento nocturno, impactando las estructuras operativas de las organizaciones en las diferentes ciudades.
El aumento de los recargos también incrementa el costo de las actividades que tradicionalmente operaban hasta las 9:00 p. m. por la variación del esquema legal colombiano.
Esto se debe a que, con la nueva definición de jornada nocturna, las labores hechas desde las 7:00 p. m. entran dentro del horario sujeto al pago adicional.
El segundo cambio relevante en el trabajo llegará el 15 de julio de 2026, cuando continuará la aplicación gradual de la Ley 2101 de 2021 en todas las empresas privadas.
Desde esa fecha, la jornada laboral máxima ordinaria en Colombia bajará de 44 a 42 horas semanales. Este ajuste representa una reducción de dos horas frente al límite.
La reducción de la jornada laboral ha sido progresiva. En 2022, la jornada máxima era de 48 horas semanales. En 2023 pasó a 47 horas en el país.
En 2024 bajó a 46 horas; en 2025 se redujo a 44 horas, y en 2026 llegará a 42 horas semanales, completando finalmente el cronograma establecido por la ley.
El cambio también modifica el cálculo mensual de horas laborales. En 2022, con una jornada de 48 horas semanales, los trabajadores cumplían en promedio 208 horas mensuales.
El salario se liquidaba sobre 240 horas. En 2023, con la reducción a 47 horas semanales, la jornada mensual pasó a 203,6 horas de prestación efectiva del servicio.
Las horas incluidas en el sueldo quedaron en 235,6. En 2024, con la jornada máxima de 46 horas semanales, las horas laborales mensuales bajaron a un promedio de 199,3.
Las horas incluidas en el salario quedaron en 231,3. Posteriormente, en 2025, con la reducción a 44 horas semanales, la jornada mensual descendió a 190,6 horas en total.
Las horas incluidas en el sueldo pasaron a 222,6. Con la entrada en vigor de la jornada máxima de 42 horas semanales en 2026, el cálculo mensual se modifica.
La jornada mensual quedará en 182 horas. A su vez, las horas incluidas en el sueldo pasarán a 214, representando una disminución adicional de 8,67 horas al mes.
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