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Escrito por:  Óskar Ortiz
Redactor y estratega SEO     Ago 19, 2026 - 11:40 am

En medio de múltiples investigaciones en Colombia, un movimiento judicial reciente ocurrió dentro del caso por lavado de activos superior a 763 mil millones de pesos ligado a Lili Pink.

A mitad de la semana pasada, según informó El Tiempo, un juez declaró ilegales varias pruebas presentadas por la Fiscalía para justificar una supuesta megaoperación ilegal.

El proceso abarcaba presuntos delitos de enriquecimiento ilícito y contrabando atribuidos a las directivas de la famosa marca textil.

Durante una audiencia, Juan David Bazzani, abogado de Lili Pink, reveló una denuncia penal. La acción legal abarca favorecimiento y filtración de contrabando, usurpación de derechos de propiedad industrial, enriquecimiento ilícito de particulares y lavado de activos.

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De forma subsidiaria, contempla también los delitos de prevaricato por acción y prevaricato por omisión. La acusación se dirige contra cuatro empresas y dos personas naturales con establecimientos en Bogotá, Barranquilla, Pasto y Fundación. A estos comercios se les señala por vender prendas incautadas por la DIAN.

El expediente comprende más de 5 mil artículos que debieron someterse a destrucción total por mandato aduanero. Sin embargo, terminaron comercializándose prendas de Lili Pink en locales de san andresitos ubicados en al menos cuatro ciudades colombianas.

Lorena Bernal Castro, representante de Fast Moda SAS (operadora de Lili Pink), denunció el pasado 6 de febrero.

En el escrito afirma que en 2023 la compañía sufrió la incautación de 5.041 prendas pertenecientes a Fast Moda.

Bernal Castro sostuvo que la empresa contaba con la acreditación legal de importación mediante los manifiestos correspondientes.

La vocera remarcó que Fast Moda interpuso acciones de nulidad contra el procedimiento, las cuales siguen en curso. Afirmó que, conforme a la normatividad aduanera nacional, la DIAN debía destruir obligatoriamente las prendas decomisadas.

“La mercancía aprehendida por la DIAN corresponde a la misma que estaría siendo objeto de comercialización irregular por parte de las compañías vinculadas a esta denuncia”, aseguró Bernal Castro en el documento.

Asimismo, ratificó que la mercancía ofrecida por terceros no autorizados correspondía a productos auténticos de la marca.

“Tenían marquillas y etiquetas de fábrica, confirmando que la mercancía no se trata de falsificaciones, sino de bienes auténticos cuya circulación comercial no ha sido autorizada por Fast Moda SAS”, se lee en la denuncia.

“Tampoco existe un registro contable o comercial que confirmara la venta de estos productos por parte de Fast Moda SAS a través de algún canal de distribución autorizado”, se lee en la denuncia.

Lili Pink recolectó muestras físicas y facturas que confirmarían la coincidencia con la mercancía decomisada por la DIAN.

Pese a ello, la DIAN aseguró en un derecho de petición que los productos fueron donados a instituciones públicas y entidades territoriales.

El Tiempo contó que uno de los denunciados es Sati Fares Omar Amed, según los registros oficiales conocidos. El ciudadano posee un local matriculado en la Cámara de Comercio de Pasto desde 2020 llamado Panamá Plaza Pasto.

El negocio se dedica al comercio minorista textil, calzado y surtido compuesto principalmente por alimentos.

En enero de 2026, Fast Moda detectó que Omar Amed comercializaba productos con las marcas de Lili Pink.

“Si bien el referido denunciado figuraba en nuestros registros como cliente en el pasado, al efectuar la verificación interna de su historial comercial se advirtió que la cantidad y variedad de producto observado no corresponde a las compras registradas a su nombre dentro de los canales formales de venta de la compañía”, se lee en la denuncia.

Omar Amed solicitó apoyo técnico al personal corporativo, revelando la inconsistencia, por lo que fue inhabilitado como cliente.

Como denunciado aparece también Jorge Iván Ospino Tapia, titular del establecimiento Variedades Dubai Sport en Santa Marta desde septiembre de 2024.

“Yo ni siquiera vendo ropa, no sé por qué aparece esa denuncia, me acabo de enterar. Hay un Lili Pink al frente de mi negocio, pero yo lo que vendo es calzado”, aseveró. “Le he comprado ropa ahí a mi pareja, pero a nadie más”, agregó.

Otra implicada es Margareth Mejía Riveros, quien administró hasta el año pasado el negocio Remates Taiwán Fundación.

Mejía Riveros le dijo a El Tiempo no estar enterada, negó vender esas prendas y ofreció enviar las inquietudes a su abogado.

La empresa de mayor envergadura denunciada es Íntimos Alma SAS, matriculada en Bogotá desde 1997 con 8 locales. La firma opera puntos comerciales en Bogotá, Villavicencio (Meta) y Facatativá (Cundinamarca).

Como representantes legales figuran Beatriz Elena Ochoa Ospina y Luis Alejandro Ochoa Ceballos, junto a tres familiares accionistas. El Tiempo indicó que tampoco tuvieron respuesta de ellos.

También aparece la sociedad Inversiones Torres Hernández TH SAS en Santa Marta, llamada antes Inversiones Inmobiliarias Taiwán SAS.

Érica Tatiana Torres, representante suplente, afirmó que la empresa no era suya y desconoció su nombramiento. El Tiempo indicó que Torres dejó de responder los mensajes tras explicársele minuciosamente los detalles del recurso judicial interpuesto.

El último denunciado es Frank Hernández Montes, dueño de Fashion Moda SAS, negocio con el mismo teléfono de Inversiones Torres Hernández SAS.

En audiencia del pasado viernes, 14 de agosto, el penalista Juan David Bazzani expuso la venta irregular denunciada.

“Aquí lo que sí hay que investigar es el comportamiento de unos funcionarios […] Y mis clientes me han indicado que le diga esto: ¿Por qué sí se movió la investigación contra Lili Pink y no se ha movido esta investigación en contra de los funcionarios de la DIAN?”, indicó el abogado de Lili Pink, Juan David Bazzani.

En el escrito solicitan practicar inspección judicial a los locales para recabar evidencia contable, facturación y pagos.

Asimismo, la compañía Lili Brands interpuso una denuncia paralela contra los mismos implicados naturales y jurídicos.

Actualmente se investiga la forma en que la mercancía incautada terminó comercializándose y la eventual responsabilidad de funcionarios de la DIAN.

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