A muchos les ha pasado que a la hora de pagar con tarjeta en un establecimiento comercial se han encontrado con la advertencia de pagar un porcentaje adicional por usar ese medio de pago. Aunque muchos aceptan el recargo sin discutir, la ley colombiana establece condiciones claras para que esa práctica sea válida.
El abogado y asesor jurídico de la Universitaria Agustiniana, Víctor Manuel Beltrán, señaló a El Espectador que este tipo de situaciones no solo tienen implicaciones legales, sino también económicas. El experto indicó que el punto clave está en la información que recibe el consumidor antes de tomar la decisión de compra.
La Constitución protege la libre competencia, pero también exige que los comerciantes informen de manera transparente el precio real de los bienes y servicios desde el inicio de la relación comercial. Para Beltrán, ocultar costos o revelarlos únicamente al momento de pagar rompe el principio de buena fe que debe existir entre vendedor y comprador.
Cuándo es legal cobrar más por pagar con tarjeta en Colombia
El Estatuto del Consumidor, específicamente la Ley 1480 de 2011, establece que los ciudadanos solo están obligados a pagar el precio que fue anunciado previamente. Por esa razón, cualquier recargo que aparezca de manera sorpresiva cuando el cliente ya va a cancelar la compra podría considerarse ilegal.
Además, el comerciante no puede asumir que el consumidor acepta automáticamente el cobro adicional. Según el abogado citado, la aceptación debe ser clara, expresa e inequívoca antes de que se concrete el pago. En otras palabras, el cliente debe conocer el recargo con anticipación y tener la posibilidad de decidir si continúa o no con la compra.
Otro aspecto que suele pasar desapercibido tiene que ver con las reglas internas de las franquicias de tarjetas como Visa y Mastercard. En muchos casos, esos reglamentos establecen que los costos asociados al uso del datáfono deben ser asumidos por el establecimiento y no trasladados al comprador.
Incluso, algunas de estas compañías contemplan sanciones para los comercios que incumplan esas condiciones. Dependiendo de cada caso, las medidas podrían incluir multas, restricciones operativas e incluso la suspensión del servicio.
Sin embargo, no todos los recargos están prohibidos. La práctica sí puede ser legal cuando el establecimiento informa de forma visible y anticipada el valor adicional y el consumidor acepta las condiciones antes de elegir el medio de pago.
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