El retroactivo pensional de Colpensiones corresponde al pago de las mesadas que una persona tenía derecho a recibir desde el momento en que cumplió los requisitos para pensionarse hasta que comenzó a recibir efectivamente su prestación.
No es un bono adicional, sino dinero que se causó durante el periodo en que estuvo pendiente el reconocimiento de la pensión.
Este pago puede beneficiar principalmente a quienes obtuvieron el reconocimiento de una pensión de vejez o invalidez dentro del Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones y existió un periodo entre la consolidación del derecho y el inicio de los desembolsos.
Para determinar cuánto dinero debe recibir cada persona, Colpensiones revisa factores como la fecha de radicación de la solicitud, las semanas cotizadas, el momento en que se consolidó el derecho y la fecha de retiro del mercado laboral.
En cuanto a los tiempos, la jurisprudencia constitucional ha señalado un plazo de hasta cuatro meses para que las entidades resuelvan y notifiquen una solicitud de pensión.
Sin embargo, el periodo que puede cubrir el retroactivo depende de las circunstancias particulares de cada caso y de cuándo comenzó el pago de la mesada.
También es importante tener en cuenta que las mesadas atrasadas están sujetas a términos de prescripción, por lo que no necesariamente pueden reclamarse de manera indefinida.
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