Por: El Colombiano

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Este artículo fue curado por Santiago Buenaventura   Feb 23, 2026 - 3:42 pm
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Un nuevo pulso se abrió entre el Gobierno Petro y el sector empresarial. Esta vez, el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, advirtió públicamente que ninguna empresa puede evadir la inspección, vigilancia y control del Estado.

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Esta alerta la publicó, luego de que se denunciara que Alpina habría impedido el ingreso de funcionarios a su planta en Sopó.

El pronunciamiento del ministro se dio a través de su cuenta en X, en respuesta directa al presidente, Gustavo Petro, quien fue enfático: “Señores de Alpina, el ingreso de inspectores de trabajo es perentoria y está bajo la ley, no se expongan a sanciones”.

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Sanguino respaldó esa postura con un mensaje en esta red social: “Ninguna empresa puede escapar a nuestra competencia, so pena de las sanciones que con todo rigor impondremos. La inspección, vigilancia y control es un deber del Ministerio de las y los trabajadores, no es un capricho”.

Añadió que las inspecciones son “sorpresa y masivas a nivel nacional” porque buscan verificar el cumplimiento de la ley y las condiciones reales en las que trabaja la gente.

Y lanzó una frase directa a la compañía: “Quien nada debe, nada teme. Deben permitir la entrada de nuestro equipo de inspectores”.

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El episodio se originó tras la denuncia de Fabio Arias Giraldo, presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) y candidato al Senado, quien aseguró que la empresa no permitió el ingreso de funcionarios del Ministerio del Trabajo de Colombia a la planta de Alpina en Sopó para realizar una inspección derivada de quejas de trabajadores.

“Es ilegal que Alpina se niegue”, afirmó Arias, quien exigió desde la CUT que se permita el acceso inmediato de los inspectores.

El trasfondo son denuncias laborales cuya naturaleza no ha sido detallada públicamente, pero que motivaron la visita oficial. En Colombia, la inspección laboral no es opcional, forma parte de la función constitucional de vigilancia del cumplimiento de normas laborales.

Desde el punto de vista jurídico, impedir el ingreso de inspectores puede considerarse obstrucción a la justicia laboral. El Código Sustantivo del Trabajo faculta al Ministerio para imponer sanciones de hasta 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

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