Conciliar la vida laboral con las responsabilidades del hogar sigue siendo uno de los grandes retos en Colombia este 2026. Sin embargo, muchos trabajadores desconocen que la ley les da herramientas para solicitar una jornada flexible si tienen a su cargo a menores, adultos mayores o personas con discapacidad.
En diálogo con El Tiempo, el abogado constitucional Jhon Carvajal explicó que este beneficio no es un “permiso para trabajar menos”, sino una redistribución de las horas para que usted pueda, por ejemplo, entrar más tarde, salir más temprano o aplicar al teletrabajo.
No se trata de un acuerdo de palabra; para que tenga validez y protección legal, debe seguir este proceso:
- Solicitud por escrito: debe radicar una comunicación formal ante su jefe o el área de Recursos Humanos. Allí debe exponer claramente la necesidad del cuidado y proponer el horario o la modalidad que mejor le funcione.
- Soportes: es vital adjuntar pruebas que demuestren que su familiar requiere ese cuidado (registros civiles, certificados médicos o de discapacidad).
- Plazo de respuesta: la empresa tiene un máximo de 15 días hábiles para contestarle.
¿La empresa me puede decir que no?
Ojo, la obligación de la empresa no es absoluta. El empleador puede negar la solicitud siempre y cuando demuestre que el cambio afecta gravemente la operación del negocio.
Sin embargo, la ley es clara en que la empresa no puede simplemente cerrar la puerta; debe buscar alternativas o contrapropuestas que faciliten esa conciliación familiar.
¿Qué hacer si le niegan el derecho sin razón?
Si usted cumple con los requisitos, entregó los soportes y su empresa se niega sin una justificación real, el camino a seguir es acudir al Ministerio de Trabajo. Esta entidad actuará como mediadora para proteger su derecho al cuidado familiar sin que pierda su empleo.
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