La reforma laboral que aprobó el Congreso y que ya está siendo aplicada en las empresas dispone una serie de condiciones y deja en claro los casos en los que se puede despedir con justa causa en Colombia.
Así mismo, la nueva ley trae consigo una serie de protecciones sobre algunos trabajadores, lo que el documento avalado por el Congreso reconoce como “estabilidad laboral reforzada”. Este mecanismo ya funciona en el país y tiene en cuenta a alguna población vulnerable.
Indica la nueva ley que, solo en ciertos casos, se podrá despedir con justa causa en Colombia a riesgo de que se impongan las respectivas multas para las empresas señaladas de no cumplir con las disposiciones de la norma.

Estas personas solo las pueden despedir con justa causa en Colombia
- Mujer o persona en estado de embarazo y hasta los 6 meses después del parto. “Esta disposición será extensiva en los mismos términos a uno de los adoptantes desde la fecha del parto a la de la entrega oficial del menor que se ha adoptado, o del que adquiere custodia”, dice la nueva ley.
- Prepensionados: quienes les falten tres años o menos en el Sistema de Protección Social Integral para la Vejez o el que haga sus veces para cumplir el mínimo de semanas de cotización y la edad mínima exigida para acceder a la pensión de vejez.
- Persona que de forma sobreviniente al contrato de trabajo presenta una discapacidad de mediano o largo plazo de carácter física, mental, intelectual, sensorial, “o múltiple, que le impida o dificulte significativamente el desempeño de sus funciones o actividades laborales, siempre y cuando el empleador tenga conocimiento de dicho estado, o que sea notorio”.

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Finalmente, aclara la nueva norma que para que surta efectos el proceso de despedir con justa causa en Colombia prepensionada o en estado de embarazo “se requerirá adicionalmente de una autorización ante el juez o inspector del trabajo”.
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