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Este artículo fue curado por Oskar Ortiz   Abr 29, 2026 - 6:27 pm
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De acuerdo con la DIAN, varios morosos se salvaron de entrar en procesos de embargo o responsabilidad fiscal gracias a acuerdos de pago que llevaron a cabo con la entidad.

Lo anterior tras acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto 0240 de 2026. Según la institución, un total de 126.230 contribuyentes en mora han normalizado su situación tributaria y se han puesto al día.

Registros de la DIAN dicen que estos cumplimientos generaron pagos por $ 1,4 billones, correspondientes a 215.897 obligaciones tributarias. No obstante, la entidad advierte que aún persiste un número significativo de 382.599 contribuyentes con obligaciones pendientes por un valor de $30,8 billones.

“La concentración de morosos se registra principalmente en Bogotá (142.107), Medellín (53.011), Cali (22.266) y Barranquilla (20.186). También se destacan ciudades como Bucaramanga (17.007), Cúcuta (14.385), Cartagena (12.602), Villavicencio (11.382), Santa Marta (9.456) y Valledupar (8.180). Es importante reiterar el llamado a quienes aún no han aprovechado esta oportunidad especial de pago, teniendo en cuenta que el plazo para acceder a los beneficios vence el jueves 30 de abril”, dijo la entidad.

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Los alivios de la DIAN a los morosos

De acuerdo con el informe, entre los principales alivios para los contribuyentes con obligaciones pendientes a 31 de diciembre de 2025 se destacan la reducción de la tasa de interés de mora al 4,5 % y el pago de solo el 15 % del valor total de las sanciones, lo que representa una disminución del 85 %.

“Asimismo, quienes no han presentado sus declaraciones o requieren corregirlas, también pueden acceder a estas condiciones, pagando únicamente el 15 % de la sanción sin intereses de mora. Los contribuyentes interesados en acogerse a estos alivios tributarios tienen dos opciones: la primera, acercarse a las sedes más cercanas de la DIAN para recibir orientación; y la segunda, realizar el proceso de manera ágil a través de la página web www.dian.gov.co, donde es posible liquidar su obligación, diligenciar el recibo de pago (formulario 490) y efectuar el pago en línea mediante PSE o en las entidades bancarias autorizadas”.

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