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Escrito por:  Óskar Ortiz
Redactor     Jun 11, 2024 - 9:14 pm

En medio de las novedades de una eventual bajada del precio de vivienda y demás, la llegada de la prima pone a soñar a muchos sobre cómo aprovechar ese beneficio que les llega a muchos trabajadores.

Lo cierto es que el término para referirse a este pago, que ofrece múltiples oportunidades para invertirlo, tiene una llamativa historia marcada por las particularidades del lenguaje.

¿De dónde nació la palabra prima como pago?

El término ‘prima’ en Colombia se utiliza para referirse a una bonificación obligatoria que reciben ciertos empleados dos veces al año, en junio y diciembre. Está legalmente establecida en el Código Sustantivo del Trabajo colombiano y se considera un beneficio social para los trabajadores.

El origen del término se remonta al latín ‘prima’, que significa ‘primera’ o ‘superior’. En el contexto del derecho laboral colombiano, ‘prima’ se refiere al pago ‘primero’ o ‘superior’, ya que suele ser el mayor de las dos bonificaciones anuales.

La Real Academia Española (RAE), institución normativa de la lengua española, no ha definido específicamente el término ‘prima’ en el contexto del derecho laboral colombiano. Sin embargo, la RAE sí define la palabra de la siguiente manera:

  • Prima: (Del lat. prima, la primera.) 1. f. Cada una de las dos pagas extraordinarias que, por lo general, se abonan a los trabajadores en concepto de gratificación. (Cada uno de los dos pagos extraordinarios que, por lo general, se abonan a los trabajadores como gratificación.)

Esta definición general de ‘prima’ concuerda con la forma en que se utiliza el término en Colombia para referirse a las bonificaciones obligatorias que reciben los empleados.

Es importante destacar que el término no es exclusivo de Colombia. En otros países hispanohablantes, también puede referirse a bonificaciones u otros tipos de pagos adicionales. Sin embargo, en el contexto del derecho laboral colombiano, ‘prima’ tiene un significado específico y es un beneficio obligatorio para ciertos empleados.

¿Cuál es el valor de la prima en Colombia?

  • La prima equivale a un mes de salario por cada año trabajado. Esto significa que si un trabajador gana un salario mensual de $1.300.000, su prima anual sería esa. Se paga en dos partes: la mitad en junio y la otra en diciembre.
  • Los trabajadores que no han trabajado todo el año reciben una prima prorrateada. Esto significa que se les paga la prima en proporción al tiempo que han trabajado.

Aquí hay algunos ejemplos de cómo se calcula la prima:

  • Trabajador que gana un salario mensual de $1.300.000 y ha trabajado todo el año: prima anual = $1.300.000 x 1 año = $1.300.000
  • Trabajador que gana un salario mensual de $1.000.000 y ha trabajado 6 meses: prima anual = $1.300.000 x (6 meses / 12 meses) = $650.000
  • Trabajador que gana un salario mensual de $2.000.000 y ha trabajado todo el año: prima anual = $2.000.000 x 1 año = $2.000.000
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¿Qué es la prima de servicios y qué hacer si no se reconoce o paga?

La prima de servicios es una prestación social obligatoria que deben pagar los empleadores a sus trabajadores en Colombia. Es un reconocimiento económico que corresponde a un mes de salario por cada año trabajado, o proporcional al tiempo laborado si el tiempo de servicio es menor a un año.

Tienen derecho a la prima de servicios todos los trabajadores dependientes en Colombia, sin importar su tipo de contrato (término fijo, indefinido, obra o labor). Si un empleador no reconoce o no la paga se pueden tomar las siguientes medidas:

  • Hablar directamente con el empleador: lo primero que se debe hacer es intermediar para explicar la situación y solicitar el pago correspondiente. Es posible que simplemente se haya cometido un error y que esté dispuesto a corregirlo.
  • Presentar una queja ante las autoridades: si el empleador se niega a pagar la prima, se puede presentar una queja ante el Ministerio del Trabajo. El Ministerio del Trabajo investigará la situación y, si lo considera necesario, emitirá una orden de pago a favor.
  • Acudir a un abogado: si no se obtiene una respuesta satisfactoria del Ministerio del Trabajo, se puede acudir a un abogado para contar con asesoría y representación en un proceso judicial.

*Este artículo fue escrito y curado por periodistas del equipo de redacción, con apoyo de una inteligencia artificial que utiliza ‘machine learning’ para producir texto.

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