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Escrito por:  Fabián Ramírez
Subeditor     Dic 11, 2025 - 12:45 pm

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha emitido una multa que supera los 2.000 millones de pesos a Comcel S.A. (Claro) por violar el derecho de portabilidad numérica de los usuarios del programa “Última Milla Móvil MINTIC 1 – NavegaTIC”, una iniciativa desarrollada por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC). 

El programa en cuestión tiene como objetivo principal brindar acceso a la tecnología móvil a estudiantes de colegios oficiales y a segmentos vulnerables de la población de los estratos 1 y 2. Los beneficiarios podrían acceder de forma gratuita a planes mensuales que incluían acceso a datos, llamadas nacionales ilimitadas y la posibilidad de usar aplicaciones educativas. El propósito era incrementar notoriamente la inclusión digital en estos sectores de la población.

La multa impuesta a la compañía Claro tiene como base la resolución 95096 emitida por la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios y de Servicios de Comunicaciones de la SIC en el año 2025. Esta resolución confirma que la empresa rechazó innecesariamente solicitudes de portabilidad numérica, afirmando la existencia de una “supuesta mora” o deuda vinculada a las líneas de los beneficiarios del programa, una deuda que la propia empresa no llegó a demostrar.

Según explica el MinTIC, al cambiar de operador, los usuarios perdían automáticamente los beneficios del programa “NavegaTIC”. La empresa interpretó erróneamente esta pérdida de beneficio como una supuesta deuda y, basándose en ello, negó la portabilidad numérica. La SIC recalca que la portabilidad numérica es un derecho fundamental de los usuarios y que su objetivo es proteger la libre elección y evitar barreras injustificadas.

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Al respecto, la empresa Claro emitió un pronunciamiento en redes sociales respondiéndole a la Superintendencia sobre la protección de usuarios de servicios de comunicaciones. 

Acá el comunicado de Claro.

“Esta Resolución no es una decisión definitiva, y contra esta proceden los recursos de reposición y el de apelación, siendo este último decidido por el Superintendente Delegado para la Protección del Consumidor de esa misma autoridad.

Frente a la decisión tomada en la Resolución 95096 de 2025, Claro interpondrá los recursos legales procedentes para buscar la revocatoria de la sanción impuesta. Durante la investigación administrativa, la compañía expuso los argumentos y presentó las pruebas que desvirtúan los cargos imputados por la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y considera que con ellos se demuestra que la compañía no ha actuado de forma contraria al régimen de protección de usuarios.

Esperamos que, con el análisis de los argumentos y las pruebas presentadas por Claro, se obtenga una nueva decisión por parte de la SIC en la que se declare que la compañía no vulneró este régimen de protección de los usuarios.

Claro está comprometido con el cumplimiento total del régimen de protección de usuarios de servicios de comunicaciones y con garantizar el derecho de los usuarios a elegir libremente su operador de telecomunicaciones”.

Por desgracia, para Claro no es la primera vez que la SIC tiene que sancionarla por incumplimientos relacionados con la portabilidad y la protección de los derechos de los usuarios. En abril de 2025, la empresa fue sancionada con aproximadamente 1.247 millones de pesos por motivos similares. Y en diciembre de 2024, volvieron a recibir sanciones monetarias por vulneraciones a los derechos a la información, incumplimiento de promociones y cobros no autorizados.

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