Por: El Espectador

El Espectador es el periódico más antiguo del país, fundado el 22 de marzo de 1887 y, bajo la dirección de Fidel Cano, es considerado uno de los periódicos más serios y profesionales por su independencia, credibilidad y objetividad.

Este artículo fue curado por pulzo   Sep 22, 2026 - 12:00 pm
Visitar sitio

La reciente polémica en torno al reconocimiento o rechazo público de figuras implicadas en los hechos del Palacio de Justicia ha generado profundas divisiones, no solo en el ámbito político, sino especialmente entre las víctimas de aquel trágico episodio. De acuerdo con una declaración del embajador de Colombia ante la Organización de Naciones Unidas (ONU), hijo del magistrado Manuel Gaona Cruz —asesinado durante esos acontecimientos—, resulta un “insulto mayor” que se intente ensalzar a individuos como Plazas Vega. El embajador subraya que “Colombia no les va a dar ese lugar en la historia de grandes hombres” a personas participantes en la operación militar que desembocó en la desaparición forzada de civiles. Para las víctimas, la postura del Gobierno, liderada desde la más alta instancia presidencial, constituye una forma de revictimización y una estrategia para imponer un relato heroico sobre hechos que durante cuarenta años han exigido verdad e investigación sin recibir respuestas satisfactorias.

En el terreno judicial, la trayectoria del caso es contundente. El 9 de junio de 2010, el Juzgado Tercero Penal del Circuito Especializado de Bogotá condenó a Plazas Vega, entonces comandante de la Escuela de Caballería, por su responsabilidad mediata en la desaparición forzada agravada de once sobrevivientes del Palacio de Justicia. Dicha condena fue confirmada por el Tribunal Superior de Bogotá en 2012, que además afirmó que el coronel “hizo parte de una estructura de poder ilegal que diseñó y ejecutó” las desapariciones. Más allá del ámbito nacional, el 14 de noviembre de 2014, la Corte Interamericana de Derechos Humanos responsabilizó al Estado colombiano internacionalmente por desaparición forzada y ejecución extrajudicial en los mismos hechos.

A pesar de los antecedentes judiciales y de las órdenes internacionales, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió a Plazas Vega en diciembre de 2015. Esta absolución, aunque definitiva, no desmonta los hallazgos de los jueces previos. Más recientemente, en el contexto de persistente impunidad, el caso fue llevado ante un tribunal federal de Miami amparándose en la Torture Victim Protection Act (TVPA, Ley de Protección de Víctimas de Tortura de 1991), que permite demandar civilmente por tortura o ejecuciones extrajudiciales cometidas bajo autoridad oficial extranjera. No obstante, el 17 de septiembre, Plazas Vega fue declarado no responsable en este juicio civil en Estados Unidos.

Las decisiones y discursos oficiales no borran los reclamos de verdad y acceso a la justicia que las víctimas del Palacio de Justicia sostienen desde hace décadas. La manera como el Estado colombiano nombra y enfrenta estos hechos marca una fractura entre la construcción de heroísmos oficiales y la obligación de proteger los derechos y memoria de las víctimas, como lo ha exigido la Corte Interamericana.

¿Por qué fue absuelto Luis Alfonso Plazas Vega en Colombia y Estados Unidos por los hechos del Palacio de Justicia?

En Colombia, aunque existieron condenas en instancias previas, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia absolvió a Plazas Vega en 2015, contradiciendo fallos anteriores que lo responsabilizaban de desapariciones forzadas. En Estados Unidos, el tribunal federal de Miami también lo declaró no responsable, pese a que la demanda civil se basaba en la Ley de Protección de Víctimas de Tortura. El resultado de ambos procesos pone en evidencia la complejidad y controversia que ha rodeado la búsqueda de justicia en este caso histórico.

¿Qué implica la Torture Victim Protection Act y cómo se aplicó al caso del Palacio de Justicia?

La Torture Victim Protection Act (TVPA) es una ley de 1991 en Estados Unidos que permite a víctimas de tortura o ejecuciones extrajudiciales demandar civilmente a individuos que hayan actuado bajo autoridad oficial de un país extranjero. En el caso del Palacio de Justicia, familiares recurrieron a esta ley ante la falta de resultados en Colombia, buscando justicia ante el tribunal federal de Miami. Sin embargo, finalmente el general (r) Plazas Vega fue declarado no responsable bajo esta jurisdicción.

* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

* Pulzo.com se escribe con Z

Lee todas las noticias de nación hoy aquí.