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El reciente operativo liderado por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) en la avenida Guayacanes, dentro de la localidad de Kennedy en Bogotá, arrojó resultados contundentes: se impartieron 65 comparendos y se inmovilizaron 26 motocicletas por transitar sobre los andenes. Este esfuerzo, replicado en la localidad de Antonio Nariño, pone en evidencia una respuesta institucional a las preocupaciones crecientes sobre la seguridad vial de los peatones. La intervención, ejecutada en colaboración con la Policía de Tránsito, se enmarca en el objetivo de salvaguardar la vida y el orden público frente a conductas viales inapropiadas, según informes de la Alcaldía de Bogotá.
La magnitud del problema trasciende los sucesos puntuales del 11 y 15 de agosto de 2025, pues refleja un fenómeno persistente en las grandes ciudades de América Latina: la circulación indebida de motos sobre zonas peatonales. De acuerdo con estudios de la Secretaría de Movilidad y la Fundación para la Seguridad Vial, esta práctica incrementa de manera significativa el riesgo de accidentes, afectando especialmente a niños, adultos mayores y personas con movilidad reducida. Un informe oficial de la Alcaldía señala que las motocicletas participan en el 42% de los siniestros viales en Bogotá, y una fracción importante ocurre en andenes y ciclovías.
Este problema no es exclusivo de la capital colombiana. Estudios realizados por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en otras ciudades latinoamericanas como Medellín y Ciudad de México demuestran que los operativos de control, acompañados por sanciones efectivas, contribuyen a reducir los accidentes graves ligados a la circulación ilegal de motos en espacios reservados para peatones. No obstante, los expertos coinciden en que estos esfuerzos deben complementarse con campañas educativas y mejoras en la infraestructura urbana para lograr una transformación duradera en la seguridad vial.
No solo se trata de imponer multas: se persigue también un cambio cultural que transforme la visión motorizada de la ciudad. Para la doctora Ana María Pérez, investigadora en transporte urbano de la Universidad Nacional de Colombia, el desafío radica en adoptar políticas integrales que incluyan educación vial, modernización de la infraestructura y alternativas de movilidad seguras. Tal enfoque exige una corresponsabilidad activa tanto del Estado como de la ciudadanía.




El marco legal colombiano, a través de la Ley 769 de 2002 del Código Nacional de Tránsito, prohíbe la circulación de vehículos automotores en andenes y espacios exclusivos para peatones. Sin embargo, la reiteración de esta conducta ha motivado a la SDM a reforzar los controles mediante vigilancia policial, cámaras y sensores instalados en puntos críticos, información confirmada por los comunicados de la Alcaldía.
Por otra parte, el uso informal de motocicletas, frecuentemente destinado a actividades como el reparto de domicilios o transporte personal, está vinculado a condiciones económicas adversas que explican en parte la reincidencia en estas infracciones. Equipos de la Secretaría de Movilidad trabajan actualmente en programas de formalización y sensibilización que buscan no solo prevenir sanciones, sino también reducir la accidentalidad y promover alternativas legales y seguras para los motociclistas.
La estrategia implementada en Bogotá responde así a tendencias internacionales que priorizan la movilidad sostenible y la protección del peatón. Según el Banco Mundial, ciudades que han restringido el tránsito motorizado en zonas peatonales reportan una caída de hasta el 30% en accidentes de tráfico y una perceptible mejora en la calidad del entorno urbano. Los operativos recientes en Kennedy y Antonio Nariño constituyen, entonces, ejemplos de un viraje necesario hacia la humanización del espacio público, enfocándose en la convivencia armónica y el respeto mutuo entre todos los usuarios viales.
Preguntas frecuentes relacionadas
¿Qué sanciones contempla la ley colombiana para los motociclistas que circulan en andenes?
La pregunta cobra relevancia porque la circulación indebida de motos en andenes se repite pese a las multas impuestas. La Ley 769 de 2002, conocida como el Código Nacional de Tránsito, establece que los conductores que invaden zonas peatonales se exponen a la inmovilización del vehículo y a multas económicas. Adicionalmente, la reincidencia puede conducir a la suspensión de la licencia. Entender el rigor de estas sanciones resulta esencial para evaluar si son lo suficientemente disuasorias y cómo podrían mejorarse en el futuro, algo que la Secretaría de Movilidad analiza continuamente para ajustar sus estrategias.
¿En qué consiste la “infraestructura de movilidad segura” que se está implementando en Bogotá?
La adecuación de infraestructura urbana constituye una pieza central en la respuesta integral al problema de la seguridad vial. Este término hace referencia a intervenciones como la construcción de andenes amplios, instalación de bolardos, cruces peatonales señalizados y ciclovías protegidas, que buscan separar claramente los flujos de peatones, ciclistas y vehículos motorizados. Bogotá, según fuentes de la Alcaldía y la Secretaría de Movilidad, ha venido apostando por este tipo de estrategias para garantizar espacios más seguros, reducir accidentes y fortalecer la movilidad sostenible para todos sus habitantes.
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