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Escrito por:  Julian Bermúdez
Editor     Jun 24, 2026 - 5:56 am

El representante a la Cámara Miguel Polo Polo recibió un nuevo revés judicial. El Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá negó la solicitud con la que buscaba cumplir en su residencia la sanción de tres días de arresto que le fue impuesta por desacatar una orden judicial relacionada con las víctimas de los llamados “falsos positivos” y las Madres de Soacha.

Con esta decisión, el congresista deberá cumplir el arresto en un centro de reclusión intramural, aunque hasta el momento las autoridades no han informado cuál será el establecimiento penitenciario en el que permanecerá durante esos tres días.

El despacho concluyó que la sanción impuesta no puede sustituirse por detención domiciliaria, debido a que se trata de una medida de carácter constitucional encaminada a garantizar el cumplimiento de una orden judicial y no de una condena penal.

La decisión ya había sido respaldada por el Tribunal Superior de Bogotá, que confirmó tanto el arresto como la multa equivalente a ocho salarios mínimos legales mensuales vigentes impuesta al representante.

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El origen del proceso se remonta a un episodio ocurrido en el Congreso de la República, cuando Miguel Polo Polo retiró y destruyó un homenaje instalado en memoria de las víctimas de ejecuciones extrajudiciales, conocidas como “falsos positivos”, y de las Madres de Soacha.

En ese momento, el congresista tomó una de las botas que hacían parte de la instalación simbólica y afirmó que “esas botas deberían ir al canasto de la basura”, una declaración que provocó una fuerte reacción de organizaciones de víctimas y derivó en acciones judiciales.

Posteriormente, la Corte Constitucional, mediante la Sentencia T-375 de 2025, ordenó a Polo Polo ofrecer disculpas públicas al colectivo Mujeres con las botas bien puestas y a las madres de las víctimas, además de mantener ese mensaje publicado durante al menos seis meses en las mismas redes sociales donde difundió el contenido original.

Sin embargo, según determinó la justicia, el representante incumplió esa orden y nunca realizó las disculpas en los términos exigidos por la Corte.

El Juzgado 30 Civil del Circuito fue enfático al señalar que la disculpa debía cumplir íntegramente lo ordenado, “sin introducir fórmulas ambiguas, expresiones revictimizantes ni juicios de valor”, requisito que no fue atendido por el congresista.

Como consecuencia de ese desacato, el despacho lo sancionó con tres días de arresto y una multa económica, medidas que posteriormente fueron confirmadas por el Tribunal Superior de Bogotá.

Ahora, con la negativa a conceder el arresto domiciliario, Polo Polo deberá cumplir la sanción en un establecimiento de reclusión. No obstante, todavía no se ha revelado cuál será el centro penitenciario en el que permanecerá ni la fecha exacta en la que se hará efectiva la medida.

La decisión representa un nuevo capítulo en el proceso judicial que enfrenta el congresista y deja claro que, para el juzgado, las sanciones por desacato no pueden flexibilizarse cuando el propósito es garantizar el cumplimiento efectivo de las órdenes emitidas por la justicia constitucional.

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