El Espectador es el periódico más antiguo del país, fundado el 22 de marzo de 1887 y, bajo la dirección de Fidel Cano, es considerado uno de los periódicos más serios y profesionales por su independencia, credibilidad y objetividad.
La Registraduría Nacional ya definió la hoja de ruta para las elecciones de 2027, luego de publicar el calendario electoral para los comicios territoriales que, según la propia entidad, se llevarán a cabo dentro de un año. Este organismo, encargado de toda la logística electoral en Colombia, estableció el 31 de octubre como la fecha clave en la que los ciudadanos elegirán más de 10.000 funcionarios públicos en cargos de alcaldías, gobernaciones, asambleas, concejos y juntas administradoras locales, según información de El Espectador.
De acuerdo con el cronograma electoral, desde el 31 de octubre las personas podrán inscribir o actualizar su lugar de votación por cambio de residencia. Las sedes de la Registraduría Nacional en todo el país atenderán de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. para que los ciudadanos puedan realizar este trámite. La resolución 12342 de 2026, expedida por la Registraduría Nacional bajo la dirección de Hernán Penagos, marca el inicio y término del proceso: hay plazo hasta el 31 de agosto de 2027 para inscribir la cédula y escoger o modificar el puesto de votación.
La normativa establece que tanto los ciudadanos colombianos como los extranjeros residentes en el país pueden registrarse en las sedes de las Registradurías Especiales, Municipales, Auxiliares y en los puntos de inscripción autorizados durante el horario de atención habitual. Además, la Registraduría dispone de jornadas en puntos urbanos, rurales, cárceles e instituciones de salud mental, y campañas móviles, para facilitar la inscripción de votantes en todo el territorio nacional.
Otro aspecto señalado es que los extranjeros deben presentar una cédula de extranjería vigente y con la categoría de residente para poder inscribirse. La Registraduría Nacional advierte sobre la importancia de cumplir con las normas que rigen la residencia electoral y notifica que quienes incumplan pueden enfrentarse a sanciones penales, de acuerdo con el artículo 316 de la Constitución y las leyes 599 de 2000, en los artículos 389 y 442 del Código Penal, según lo señala el propio documento.
El reporte también subraya que la Dirección de Censo Electoral enviará informes periódicos al Consejo Nacional Electoral sobre el avance de las inscripciones, facilitando control y vigilancia ante posibles irregularidades. Finalmente, el procedimiento para inscribir la cédula es sencillo: basta con acudir a los puntos dispuestos por la Registraduría y presentar el documento de ciudadanía. En Bogotá, quienes obtienen la cédula por primera vez quedan automáticamente habilitados para participar en las elecciones de alcalde, concejales y ediles en su puesto de votación más cercano.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿Hasta cuándo se pueden inscribir cédulas para votar en las elecciones de 2027?
De acuerdo con la resolución 12342 de 2026, los ciudadanos tienen plazo hasta el 31 de agosto de 2027 para inscribir su cédula y escoger o modificar el puesto de votación. Este procedimiento está disponible en las sedes oficiales, en el horario indicado, y es fundamental para garantizar la participación en las próximas elecciones territoriales.
¿Qué sanciones hay por inscripción irregular de cédulas según el Código Penal?
Según lo dispuesto en el artículo 316 de la Constitución y los artículos 389 y 442 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal), quienes incurran en la inscripción irregular de cédulas pueden enfrentar sanciones penales. La Registraduría advierte a los ciudadanos sobre la importancia de apegarse a las normas de residencia electoral para evitar consecuencias legales.
* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
* Pulzo.com se escribe con Z
LO ÚLTIMO