Escrito por:  Redacción Nación
Ago 30, 2026 - 8:35 pm

El presidente De la Espriella ofreció excusas públicas por el componente religioso que hizo parte de su ceremonia de posesión, celebrada el 7 de agosto. Lo hizo en cumplimiento de un fallo de tutela emitido por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá, con fecha del 26 de agosto de 2026.

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En su pronunciamiento, el mandatario explicó que la inclusión de dicho elemento no fue una decisión suya, sino de las mesas directivas del Congreso de la República, corporación ante la cual se llevó a cabo la transmisión de mando.

Según sus palabras, ese acto correspondió a un punto del orden del día de la sesión conjunta aprobado previamente por el Legislativo, bajo la denominación de “invocación”.

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“La elaboración del orden del día corresponde a una de las facultades de las mesas directivas de esa honorable corporación e incluyó un punto denominado invocación”, afirmó De la Espriella al dar cumplimiento a la decisión judicial.

El presidente aclaró su posición personal frente a la religión y subrayó el respeto que le merece la separación entre la Iglesia y el Estado.

“Aunque me identifico como creyente, soy católico, respeto la separación entre la Iglesia y el Estado y garantizaré en el marco de mis funciones las libertades y los derechos de todos los colombianos sin ningún distingo, incluida la libertad de profesar cualquier religión o de no profesar ninguna”, señaló.

Al mismo tiempo, defendió su derecho constitucional a expresar su fe. Indicó que, así como la Carta Magna protege la libertad de conciencia de todos los ciudadanos, también ampara su derecho a profesar su religión de manera pública y privada.

Finalmente, el jefe de Estado extendió sus disculpas a quienes pudieron sentirse afectados. “Si este acto pudo generar incomodidad o si ofendió a alguna persona, en mi condición de jefe de Estado ofrezco excusas por ello”, concluyó De la Espriella.

¿Qué ordenó el fallo de tutela del Juzgado Quinto Laboral sobre la posesión de De la Espriella?

El Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Bogotá profirió el 26 de agosto de 2026 un fallo de tutela que obligó al presidente De la Espriella a pronunciarse públicamente sobre el acto religioso incluido en su ceremonia de transmisión de mando. La decisión judicial reconoció que dicho episodio pudo vulnerar derechos fundamentales relacionados con la libertad de conciencia y la laicidad del Estado colombiano.

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¿Qué dice la Constitución colombiana sobre la libertad religiosa y la separación entre Iglesia y Estado?

La Constitución Política de Colombia consagra tanto la laicidad del Estado como la libertad de cada ciudadano para profesar la religión de su elección o para no adherirse a ninguna. Al mismo tiempo, protege el derecho de los individuos, incluidos los funcionarios públicos, a expresar sus creencias de forma pública y privada, siempre que ello no vulnere los derechos de terceros.

Balance del terremoto, según el presidente

El presidente Abelardo de la Espriella hizo la primera alocución presidencial y allí dio actualización oficial sobre las personas que han muerto, han sido afectadas e hizo otros anuncios sobre lo que hará en el país en los próximos días, superada la primera etapa.

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