
En muchos lugares del mundo, tomarse un café en medio de la jornada laboral es visto como un gesto de cortesía de la empresa o, simplemente, como un hábito de los trabajadores que buscan recargar energía. Sin embargo, en España esta práctica está regulada por la ley y se ha convertido en un derecho que ninguna compañía puede negar.
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La norma está contemplada en el Estatuto de los Trabajadores, específicamente en su artículo 34, donde se establece que todo empleado que tenga una jornada continua de más de seis horas debe disfrutar, al menos, de 15 minutos de descanso obligatorio. No se trata de un beneficio opcional ni de una concesión del empleador, sino de una obligación legal que tiene como finalidad principal proteger la salud y el bienestar de los empleados.
Este derecho aplica sin importar el tipo de contrato o el tamaño de la compañía, lo que quiere decir que tanto grandes corporaciones como pequeñas empresas están obligadas a conceder la pausa.




Además, en el caso de los trabajadores menores de 18 años, la ley es aún más estricta: el tiempo de descanso se amplía a 30 minutos, siempre que la jornada diaria supere las cuatro horas y media.
Uno de los puntos que más dudas genera entre los empleados es si este descanso debe considerarse tiempo remunerado. La legislación contempla la posibilidad de que los 15 minutos cuenten como tiempo efectivo de trabajo; sin embargo, esto dependerá de lo que esté pactado en el contrato individual o en el convenio colectivo de cada sector.

Lo que sí está claro es que la empresa no puede eliminar ni sustituir la pausa con una compensación económica, ya que esta debe cumplirse de manera presencial y efectiva.
El incumplimiento de esta obligación puede salir bastante costoso para las compañías. Según la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), negar este derecho constituye una infracción grave, y las multas pueden oscilar entre 751 y 7.500 euros (unos 3.6 millones a 35 millones de pesos colombianos, aproximadamente).
Además, si la compañía no lleva un registro de la jornada en el que se reflejen las pausas, la sanción puede ser aún más severa.
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En conclusión, en España el tradicional “café de la oficina” dejó de ser un simple ritual social para convertirse en un derecho laboral protegido por ley, cuyo propósito es garantizar que los trabajadores tengan un respiro durante la jornada, reducir riesgos de fatiga y favorecer la productividad.
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