Escrito por:  Redacción Vivienda
Sep 21, 2026 - 7:15 am

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1416 del 17 de septiembre de 2026, que establece medidas especiales para facilitar la recuperación de las personas afectadas por el terremoto del 10 de agosto.

Entre los principales beneficios está la posibilidad de acceder durante 12 meses a créditos de vivienda sin cuota inicial para reparar, reconstruir o reemplazar inmuebles destruidos, inhabitables o gravemente afectados.

La medida cobija municipios de 16 departamentos y otros territorios donde se pueda acreditar una afectación concreta por el sismo.

Sin embargo, los beneficiarios deberán demostrar el daño y superar la evaluación de capacidad de pago que realicen las entidades financieras.

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El decreto también permite financiar reparaciones sin exigir previamente una hipoteca, siempre que exista una garantía admisible, cobertura estatal o mecanismo equivalente.

Además, contempla alivios para viviendas aseguradas, pues las entidades no podrán cobrar cuotas ni intereses de mora sobre la parte cubierta por el seguro mientras se resuelve la reclamación.

Finalmente, los herederos de personas fallecidas podrán retirar determinados recursos sin juicio de sucesión y se habilita, durante 12 meses, solicitar la declaración de muerte presunta de desaparecidos por el terremoto sin esperar los dos años habituales.

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