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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Jul 25, 2025 - 6:18 am
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La reforma laboral aprobada por el Congreso dispone de algunos cambios clave para los trabajadores en Colombia y la posibilidad de tener flexibilidades en jornadas laborales y modos de trabajo.

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Indica la norma avalada que empleadores y empleados podrán acordar horarios o jornadas flexibles de trabajo o modalidades de trabajo apoyadas por las tecnologías de la información y las comunicaciones sin desmedro del cumplimiento de sus funciones.

Lo anterior con foco en que los trabajadores en Colombia puedan armonizar la vida familiar que tenga responsabilidades de cuidado sobre personas mayores, hijos e hijas menores de edad, personas con discapacidad, “con enfermedades catastróficas, crónicas graves y/o terminales”.

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Este beneficio se otorgará solamente para familiares “dentro del segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o primero y segundo civil, o que la persona dependa exclusivamente del cuidador por no tener más familiares, previa certificación de su calidad de cuidador”.

Dice lo avalado por la nueva ley que el empleado podrá solicitar y proponer el acuerdo para la distribución de la jornada flexible o la modalidad de trabajo a desarrollar, proponiendo la distribución de los tiempos de trabajo y descanso, y deberá acreditar la responsabilidad de cuidado a su cargo.

Esta solicitud dada a conocer por los trabajadores en Colombia deberá ser evaluada por el empleador y este estará obligado a otorgar una respuesta en un término máximo de 15 días hábiles.

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Si es aceptada “deberá indicar el proceso de implementación a seguir, proponiendo una distribución nueva y organizando lo pertinente para acordar e implementar esta opción, o negándola con la justificación que impide la aceptación de la misma o planteando una propuesta alternativa al trabajador”.

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