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Escrito por:  Sebastian Alfonso
Redactor     Jun 12, 2024 - 5:13 pm

La reforma laboral presentada por el Gobierno de Gustavo Petro ha avanzado en su primer debate ante la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes. Durante la jornada del miércoles 12 de junio se lograron aprobar 40 artículos, lo que representa el 40,8 % del total del texto, que consta de 98 artículos.

(Lea también: Cuáles son y en qué consisten los artículos aprobados en el debate de la reforma laboral)

Uno de los cambios más importantes aprobados es la redefinición de la jornada diurna, que ahora se extiende de 6:00 a. m. a 7:00 p. m. Cualquier labor hecha fuera de este horario será considerada nocturna y, por lo tanto, sujeta a recargos adicionales. 

Esto representa un cambio notable, ya que anteriormente la jornada diurna se extendía hasta las 9:00 p. m. Este ajuste beneficiará a los empleados, quienes tendrán derecho a recibir un pago adicional por el trabajo desarrollado en horas nocturnas o extras.

Este cambio aplicará si la reforma de Petro es aprobada en el Congreso de la República. Al parecer, vería la luz verde en primer debate y se retomaría su discusión en el próximo periodo legislativo, a partir del 20 de julio.

Valor de recargos nocturnos y horas extras en Colombia

Para un trabajador que gana el salario mínimo mensual de $ 1’300.000, los recargos se desglosan de la siguiente manera:

  • Recargo nocturno: $ 7.630 por hora.
  • Recargo nocturno en dominical o festivo: $ 11.870 por hora.
  • Hora extra nocturna: $ 9.891 por hora.
  • Hora extra nocturna dominical o festiva: $ 14.130 por hora.
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Otro cambio importante es el artículo 16, que establece que la jornada ordinaria de trabajo será de 8 horas diarias, con un máximo de 42 horas semanales. 

Esta jornada podrá distribuirse de manera flexible en cinco o seis días, siempre garantizando un día de descanso semanal sin afectar el salario del trabajador. 

El artículo 19 de la reforma, que también recibió luz verde, establece un aumento gradual en los recargos por trabajo en días festivos y domingos. Actualmente, estos recargos corresponden al 75 % del salario mínimo diario, pero con la nueva normativa, este porcentaje aumentará:

  • A partir de julio de 2024: el recargo será del 80 %.
  • A partir de julio de 2025: el recargo será del 90 %.
  • A partir de julio de 2026: el recargo llegará al 100 %.

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