Escrito por:  Redacción Economía
Dic 15, 2023 - 7:30 am

Este jueves, mientras que se debate el aumento del salario mínimo, en la Cámara de Representantes se hizo la ponencia sobre la reforma laboral y se aprobaron los primeros artículos.

Uno que dejó muy feliz a la ministra del Trabajo fue el controvertido cambio en la jornada nocturna para que comience a pagarse desde las 7:00 p. m. y el pago del 100 % de dominicales y festivos.

“Hay 2 artículos que son para nosotros fundamentales, porque son la recuperación de derechos de los trabajadores y trabajadoras, que la Ley 789 había recortado, como es el caso de la jornada diurna y jornada nocturna que debe tener un recargo del 35 % y el de pagos de dominicales y festivos que está hoy en el 75 % y se vuelve a lo que se tenía que era el ciento por ciento de manera progresiva”, dijo Gloria Inés Ramírez al término del trámite.

Con esto, son millones de empleados los que se verán beneficiados porque, sin hacer nada, su sueldo deberá subir. Eso sí, cabe resaltar que aún falta la aprobación de más artículos en la Cámara de Representantes, el debate en el Senado y la sanción presidencial, razón por la que el aumento no está garantizado.

Entre los trabajadores que más se verán beneficiados por esta decisión son los que están en estos sectores:

  • Comercio
  • Hoteles
  • Bares
  • Restaurantes
  • Empresas de entretenimiento

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Por ejemplo, meseros, cocineros, recepcionistas, personal del servicio de aseo, bartender, conductores, personal de fábrica, vendedores, cajeros, entre otros puestos de trabajo se verán beneficiados, ya sea porque trabajan después de las 7:00 p. m. o porque trabajan los domingos y festivos.

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La visión de la ministra del Trabajo sobre lo que pasará si esta reforma termina aprobándose es que habrá una reivindicación para los trabajadores, pues les están dando unos beneficios que fueron quitados hace más de 20 años.

“Esto es un avance importante y que va a permitir a todos los colombianos y colombianas ir hacia la senda de derechos. Es muy importante entender que el derecho de libertad sindical, derecho de negociación y de asociación colectiva, son un trípode que están articulados y refrendados por los convenios de la OIT que hoy hacen parte del bloque de constitucionalidad en términos de lo que es el convenio 87, 98, 154 y otros tantos”, dijo Ramírez.

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Los artículos aprobados en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes fueron:

  • Art 2. Relaciones que regula el Código Sustantivo del Trabajo.
  • Art. 3 Restricción de inaplicabilidad.
  • Art. 11 Publicación del reglamento de trabajo.
  • Art. 15 Trabajo diurno y nocturno.
  • Art. 19 Remuneración del trabajo suplementario.
  • Art. 21 Límites de la subordinación.
  • Art. 23 Medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo.
  • Art. 30 Seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales de reparto.
  • Art. 33 Cuotas de aprendices en las empresas.
  • Art. 37 Programa de formación para el trabajo rural.
  • Art. 42 Trabajadores Migrantes.
  • Art. 45 Participación para el trabajo decente en comunidades étnicas.
  • Art. 56 Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.
  • Art. 57 Lineamientos de Política Pública de Trabajo Digno y Decente para la transición justa y el Empleo verde y azul.
  • Art. 58 Incentivos al Empleo Verde y Azul.
  • Art. 59 Formación para la promoción de empleos verdes y azules.

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