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Este artículo fue curado por Gustavo Arbelaez   Jul 9, 2026 - 8:08 am
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El Gobierno del presidente Gustavo Petro amplió el período de transición para la implementación del Registro Universal de Ingresos (RUI), con el objetivo de culminar de manera ordenada los ajustes técnicos. De acuerdo con el nuevo decreto, la entrada en operación será el 1 de agosto de 2026.

Además, para las personas que ya estén identificadas por el Sisbén antes del 31 de julio de 2026, el proceso de transición se extenderá hasta el 31 de octubre de 2026, con el fin de garantizar una migración gradual hacia el nuevo sistema.

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El RUI es un mecanismo de clasificación de la población basado en los ingresos reales de los hogares. Se construye a partir del Registro Social de Hogares, que integra la información del Sisbén con registros administrativos de entidades como la Registraduría, la DIAN y la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), entre otras bases de datos del Estado, permitiendo una actualización más cercana al tiempo real.

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El Departamento Nacional de Planeación (DNP) aclaró que el Sisbén no desaparece, sino que continuará siendo una de las principales fuentes de información que alimentarán el Registro Social de Hogares.

La directora del DNP, Natalia Irene Molina, enfatizó que el nuevo esquema busca mejorar la focalización de los subsidios sin eliminar la información ya recopilada.

“Quiero ser enfática: el Sisbén no desaparece, evoluciona. Toda la información que las familias colombianas ya entregaron sigue siendo válida y necesaria. Lo que hace el RUI es fortalecer esa base con registros administrativos del Estado, para que ningún hogar que de verdad lo necesite se quede sin la posibilidad de acceder a un subsidio”, afirmó.

La funcionaria agregó que el tiempo adicional permitirá consolidar la interoperabilidad entre las diferentes bases de datos y sistemas de información.

“El tiempo adicional que da este decreto es, precisamente, para hacer las cosas bien: consolidar la interoperabilidad entre las bases de datos y los sistemas”, señaló.

¿Qué cambia con el decreto?

De acuerdo con la nueva norma, las entidades públicas y los particulares que ejercen funciones públicas deberán comenzar a utilizar el RUI como instrumento de focalización a partir del 1 de agosto de 2026.

Los hogares que ya estén identificados por el Sisbén antes del 31 de julio continuarán bajo un período de ajuste hasta el 31 de octubre de 2026.

Por otro lado, cada entidad responsable de subsidios, programas o servicios sociales deberá expedir un acto administrativo con su cronograma, actividades operativas, mecanismos de atención al ciudadano y estrategia de implementación del RUI.

El decreto también precisa que el RUI es un instrumento de clasificación basado en los ingresos de los hogares y que serán las entidades administradoras de cada programa social las encargadas de definir los criterios de transición y los puntos de corte para acceder a los beneficios.

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Por ello, el Gobierno aseguró que los ciudadanos no deben realizar ningún trámite inmediato, ya que la actualización de la información será gradual y las entidades territoriales informarán oportunamente a cada hogar sobre los pasos que deberá seguir.

En el caso de los trabajadores informales, el cálculo de los ingresos se realizará mediante tres mecanismos: ingresos observados, cuando existan registros como aportes a salud o declaraciones tributarias; ingresos estimados, a través de modelos estadísticos con variables socioeconómicas; y la autodeclaración mediante la encuesta del Sisbén cuando no haya información suficiente en las bases de datos.

Asimismo, las alcaldías deberán continuar aplicando la encuesta del Sisbén cuando un hogar lo solicite, operar la Ventanilla Social para atender solicitudes de actualización de información y adoptar su propio plan de transición hacia el RUI.

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