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Este artículo fue curado por david.sanchez   May 28, 2025 - 3:59 am
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Luego de varias horas, la Comisión IV del Senado de la República aprobó la reforma laboral, con 13 votos a favor y dos en contra, por lo que avanza su trámite y ahora será discutida en la plenaria.

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Algunos de los artículos que fueron aprobados son recargo nocturno a partir de las 7 p. m., jornada laboral de cuatro días, contrato a término fijo con un límite de cinco años, entre otros.

Antes de discutir estos puntos, se hundió la reforma alternativa presentada por la senadora del Pacto Histórico Aida Avella, quien presentó un documento que contaba con el respaldo del Gobierno del presidente Gustavo Petro e incluía 64 artículos, iguales a los aprobados en la Cámara de Representantes. Por lo tanto, la Comisión IV votó para que se discutiera la reforma mayoritaria.

“Esta Comisión se orientó con una máxima estas dos semanas. Todos ponen, todos ceden, nadie impone”, aseguró la senadora Angélica Lozano, quien aseguró que “la Plenaria será intensa, pero va a salir muy bien y luego la conciliación (…) El Gobierno ha querido hacer campaña, entonces necesitamos que juegue limpio”. Ahora bien, estos son algunos de los puntos aprobados.

Puntos clave de la reforma laboral aprobada en tercer debate

Recargo nocturno y recargo dominical: la Comisión Cuarta aprobó la proposición para que el recargo en días festivos aumente del 75 % al 100%. Los dominicales, asimismo, también suben al 100 %. Con respecto al recargo nocturno, en el Senado se aprobó que aplique desde las 7 de la noche hasta las 6 de la mañana para todas las empresas, sin excepciones para las micro y pequeñas empresas, como se había discutido anteriormente.

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Contrato a término fijo e indefinido: En la reforma aprobada quedó el artículo 6, el cual dictamina que los contratos de término fijo solo puedan celebrarse por un periodo no mayor a cinco años. También, quedó estipulado el contrato indefinido como regla general, por lo que ya no se firmarían contratos por prestación de servicios.

Jornada de cuatro días
En el litoral F de la ponencia se planteó que la jornada ordinaria de trabajo pueda realizarse en cuatro días a la semana: “Puede repartirse la jornada máxima legal u ordinaria semanal ampliando la jornada diaria, por acuerdo entre las partes y con el fin exclusivo de que dicha jornada sólo se desarrolle en cuatro días a la semana y al empleado le queden tres días de descanso”.

Hay que destacar que la ampliación no constituye tiempo suplementario o de horas extras, el trabajo por fuera de los días y horarios pactados en esta modalidad se considerará tiempo suplementario u horas extra.

Prima adicional por trabajo por horas: Se aprobó el artículo 17, para que se cree una nueva prima legal cuando la empresa crezca más de 4 por ciento.

Contratación de estudiantes del Sena 
Se aprobó el artículo que estipula que los aprendices tienen una forma especial dentro del derecho laboral y, por lo tanto, su remuneración debe ser de la siguiente manera: en la fase lectiva del 75 % del salario mínimo y en la etapa práctica del 100 por ciento.

 

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