Junio y diciembre son meses que los colombianos esperan con ansias, ya que llega el pago de la prima por servicios, una prestación y beneficio que tienen los colaboradores que están bajo un contrato a término fijo, indefinido o de obra o labor. 

(Ver también: Hay prima para colaboradores que llevan menos de un año en el cargo; así se calcula)

El artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo define este pago como: “El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.

Sin embargo, cabe resaltar que la prima anual no es considerada como un salario ni un factor salarial en ningún caso, según explicó Legis ámbito jurídico, y, por eso mismo, no se le podrá descontar ningún aporte al sistema general de seguridad social en salud o pensiones. Es decir, la persona recibirá el valor de su salario base correspondiente a un mes por 360 días trabajados.

Ante esto, si una persona gana el salario mínimo, que en Colombia es de 1’160.000 pesos, este mes le deberá llegar como prima un total de 580.000 pesos si trabajó los 180 días del semestre. Sin embargo, en dicho pago también se debe incluir horas extras, dominicales, nocturnas y otros beneficios, por lo que el valor podría incrementar ligeramente.

Tenga en cuenta que este beneficio no se le paga a todos los trabajadores. Por ejemplo, una persona con un contrato de prestación de servicios no recibe la prima.

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Cómo se calcula la prima

El cálculo para saber cuánto le debe llegar por prima debe hacerse por 180 días trabajados. Es decir, se toma el salario base, se multiplica por los días trabajados desde el primero de enero al 30 de junio y eso se divide en 360. 

Si una persona gana 2’000.000 como salario base, como prima le debería llegar un total de 1’000.000 de pesos.

(Ver también: En qué gastar la plata de la prima de junio, según bancos, para no despilfarrarla)

Hasta cuándo hay plazo de pagar la prima

El código establece que las empresas tienen plazo para pagar la prima hasta el próximo 30 de junio y luego, la de final de año, hasta el 20 de diciembre. Si el empleador incumple con las fechas pactadas, “deberá asumir una multa de entre 26,31 y 131.565 Unidades de valor Unitarios (UVT), lo cual corresponde a una sanción de entre 1’000.000 a 5.000 millones de pesos colombianos”.