Junio y diciembre son meses muy anhelados por los trabajadores colombianos, ya que llega una plata extra correspondiente a la prima de servicios, un beneficio que tienen los trabajadores que están contratados por un contrato de trabajo.

(Ver también: En qué gastar la plata de la prima de junio, según bancos, para no despilfarrarla)

Esta es una prestación social estipulada en el artículo 306 del Código Sustantivo de Trabajo, que dice: “El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre. Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.

Es decir, toda persona que haya trabajado días durante el semestre bajo un contrato a término fijo o de obra y labor deberá recibir sí o sí dicho pago, ya sea por todos los 180 días o por los trabajados. 

Cuánto es la prima por tres meses trabajados

Es decir, teniendo en cuenta que una persona no haya trabajado los 180 días correspondientes a los 6 meses del semestre sino únicamente 90 porque fue contratada tiempo después, también recibirá dicho pago.

Por ejemplo, si una persona tiene un salario base de 2’000.000 de pesos, su pago de prima por los tres meses laborados será de 500.000 pesos. 

Cabe destacar que este valor varía dependiendo de las comisiones que representa, como las horas extra, por ejemplo, pero no incluye el subsidio de transporte.

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Cómo se hace el cálculo de la prima de servicios

El cálculo para saber cuánto le debe llegar por prima debe hacerse por 180 días trabajados. Es decir, se toma el salario base, se multiplica por los días trabajados desde el primero de enero al 30 de junio y eso se divide en 360. 

Es decir, si una persona gana el salario mínimo, que para 2023 en Colombia está en 1’160.000 pesos, la prima será de 580.000 pesos si trabajó los 180 días del semestre.

Tenga en cuenta que este beneficio no se le paga a todos los trabajadores. Por ejemplo, una persona con un contrato de prestación de servicios no recibe la prima.

Qué sanciones hay si no se pagan las primas a tiempo

El Código explicó que el empleador que no pague las prestaciones sociales a tiempo “deberá asumir una multa de entre 26,31 y 131.565 Unidades de valor Unitarios (UVT), lo cual corresponde a una sanción de entre 1’000.000 a 5.000 millones de pesos colombianos”.

(Ver también: Cuándo pagan la prima de mitad de año y qué pasa si no le llega esa plata)

Además, si le terminan el contrato a un trabajador también se le debe pagar la prima y los demás pagos laborales adeudados, ya que si no se causaría una indemnización moratoria, por lo que “debe pagar al asalariado una suma igual al último salario diario por cada día de retardo, hasta por veinticuatro meses”.