Escrito por:  Redacción Economía
Nov 17, 2025 - 8:09 am

El cierre del año trae consigo celebraciones muy esperadas y, a la vez, inquietudes sobre los pagos que deben recibir los empleados por trabajar en días festivos. De acuerdo con  la Ley 2666 de 2025, vigente desde el 1 de julio de este año, permitirá que los trabajadores accedan a valores adicionales por sus turnos en Navidad y Año Nuevo.

Cabe mencionar que esta reforma laboral ajustó los recargos en dominicales y festivos, con un aumento progresivo que terminará en un pago del 100 %.

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Antes de la reforma, el recargo era del 75 % y aplicaba únicamente cuando el empleado trabajaba al menos tres dominicales o festivos. Con los cambios introducidos, ahora se paga cada domingo o festivo trabajado, lo que quiere decir que el aumento será escalonado: 80 % desde julio de 2025, 90 % en 2026 y 100 % en 2027. Este ajuste busca reconocer mejor la labor de quienes trabajan en días tradicionalmente destinados al descanso.

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En cuanto a las festividades de fin de año, quienes trabajen el 25 de diciembre o el 1 de enero de 2026 deberán recibir un recargo del 80 % sobre el valor de la hora ordinaria. Además, si el turno se desempeña en la noche, habrá un 35 % adicional. El horario nocturno se modificará desde el 24 de diciembre: comenzará a las 7:00 p. m. y no a las 9:00 p. m., lo que amplía el tiempo reconocido con recargo nocturno.

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Asimismo, si el empleado trabaja más de un festivo o dominical, deberá recibir recargos extra. Los empleadores tienen la obligación de informar con antelación los turnos y condiciones en las que se desarrollarán las labores, algo clave para garantizar transparencia en la compensación.

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En cada caso, el trabajador debe tomar como base su salario para calcular lo que debe recibir. Aunque algunos empleadores entreguen obsequios o bonificaciones durante la época decembrina, estos no sustituyen los pagos exigidos por ley.

Si un empleador no cumple con los plazos para consignar el sueldo junto con los recargos legales, el trabajador puede solicitar explicaciones internas. Si no recibe respuesta adecuada, deberá acudir al Ministerio de Trabajo para que esta entidad defina los pasos a seguir.

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