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Escrito por:  Christian Suárez
Redactor     Abr 21, 2026 - 8:23 am

Con la llegada del cuarto mes del año, se activa el calendario para que miles de empleadores en Colombia cumplan con una de las obligaciones legales más importantes hacia sus colaboradores. Se trata de la entrega de la dotación, un beneficio que debe ser suministrado a más tardar el próximo 30 de abril.

Guarda de seguridad y una empleada doméstica / Gemini IA
Guarda de seguridad y una empleada doméstica / Gemini IA

Esta prestación social no es opcional y está diseñada para sectores operativos donde el vestuario y el calzado son esenciales para las labores diarias, como es el caso de las empleadas del servicio doméstico, vigilantes, mensajeros y operarios, entre otros.

Según lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo (artículos 230 al 234), no todos los trabajadores son beneficiarios de esta entrega. Para acceder a ella, se deben cumplir dos requisitos fundamentales:

  1. Tope salarial: el empleado debe devengar hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  2. Antigüedad: el trabajador debe haber cumplido, como mínimo, tres meses de servicio continuo antes de la fecha de corte establecida.

La ley colombiana estipula que la dotación debe entregarse de manera periódica, específicamente cada cuatro meses. El calendario legal para este año se distribuye de la siguiente manera:

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  • Primer periodo: hasta el 30 de abril.
  • Segundo periodo: hasta el 31 de agosto.
  • Tercer periodo: hasta el 20 de diciembre.

¿Cómo se paga la dotación en Colombia?

En Colombia, el suministro de calzado y vestido de labor es una prestación social obligatoria que genera dudas frecuentes sobre su forma de pago. Según el Código Sustantivo del Trabajo, esta obligación debe cumplirse exclusivamente en especie, entregando directamente las prendas, o mediante bonos, siempre que estos tengan una destinación específica para dicho fin.

La ley es enfática al prohibir el pago de la dotación en dinero en efectivo. El objetivo es garantizar que el trabajador cuente con la indumentaria adecuada para sus tareas. Tienen derecho a este beneficio quienes devenguen hasta dos salarios mínimos mensuales y hayan cumplido al menos tres meses de servicio en las fechas de corte: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.

Es importante recordar que el trabajador está obligado a utilizar la dotación en sus labores; de lo contrario, el empleador podría quedar eximido de entregar el suministro en el periodo siguiente.

¿Cuál es el valor mínimo de la dotación en Colombia 2026?

Con la llegada de las fechas de corte para la entrega de prestaciones sociales en 2026, miles de trabajadores y empleadores en el país se preguntan cuál es el monto mínimo que se debe destinar para el calzado y vestido de labor.

A pesar de que el salario mínimo para este año se fijó en 1’750.905 pesos, lo que obliga a entregar dotación a quienes ganen hasta 3’501.810 pesos (dos salarios mínimos), la ley laboral colombiana no especifica un valor monetario mínimo para estas prendas. Según el Código Sustantivo del Trabajo, no existe un precio base legal que el empleador deba pagar por el kit.

En conclusión, el valor de la dotación es determinado autónomamente por la empresa. No obstante, el empleador tiene la obligación de garantizar que el presupuesto sea suficiente para proporcionar elementos adecuados, apropiados y en buen estado para el desarrollo de las funciones del trabajador, asegurando siempre que la entrega sea en especie y no en dinero.

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