En un video que circula en redes sociales se evidencia un jocoso momento que marcó la celebración de Año Nuevo en Cali por una fiesta en plana calle que fue interrumpida por la Policía, que ordenó apagar el sonido.
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Sin embargo, los presentes no renunciaron a seguir disfrutando y comenzaron a bailar al ritmo de las sirenas de las patrullas de los informados. Así quedó registrado en la grabación que se viralizó rápidamente.
El insólito momento no pasó desapercibido e internautas no dudaron en reaccionar dejando curiosos comentarios en los que terminaron resaltando la actitud de los policías, que parecían disfrutar del momento.
“Hablen de la buena vibra del policía que les siguió el cuento” y “Ese policía anhelaba estar allí, tanto así que le sigue el rollo al ‘man’ que le pide que cambie la música”, fueron algunas de las apreciaciones.
Por otra parte, más allá de lo cómico del momento, la acción de la institución que pagó el sonido obedece a la implementación de la Ley contra el ruido que regula ese tipo de situaciones, sobre todo si se desarrollan en espacio público o si afectan la tranquilidad de los habitantes de un barrio o zona.
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¿Qué establece la Ley contra el ruido en Colombia y cuáles son las multas?
La Ley 2450 de 2025, conocida como la Ley contra el ruido, estableció un marco normativo para enfrentar la contaminación acústica en Colombia, una problemática que afecta la convivencia ciudadana, el descanso y la salud pública. De acuerdo con información del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la norma reconoce el ruido excesivo como una forma de contaminación ambiental y refuerza las facultades de control de las autoridades locales.
La ley mantiene los límites máximos de emisión sonora fijados en la Resolución 0627 de 2006, que permiten hasta 65 decibeles en zonas residenciales durante el día y 55 decibeles en horario nocturno. Según explicó el Gobierno nacional, estas mediciones siguen siendo el referente técnico para que alcaldías y autoridades ambientales evalúen posibles infracciones en barrios, establecimientos comerciales y eventos públicos.
En materia de multas, la norma ajusta el Código Nacional de Policía y establece multas tipo 1 a tipo 4 para comportamientos que alteren la tranquilidad, como música a alto volumen en viviendas o vehículos. Como informó El Tiempo, estas sanciones van desde 2 hasta 16 salarios mínimos diarios legales vigentes, dependiendo de la gravedad del caso y de si existe reincidencia.
La ley también contempla multas especiales para eventos masivos que incumplan los límites acústicos o no adopten medidas de mitigación. De acuerdo con reportes de Vanguardia, en estos escenarios las sanciones se calculan en salarios mínimos mensuales y pueden llegar hasta 800 salarios mínimos, según el número de asistentes y el nivel de afectación a la comunidad.
Finalmente, la normativa autoriza a la Policía Nacional y a las autoridades territoriales a ordenar la reducción o suspensión inmediata de la fuente de ruido cuando se evidencie una afectación grave a la convivencia, una medida que, según explicó el Ministerio del Interior, puede aplicarse incluso antes de imponer la sanción económica.
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