Las empresas deberán otorgar ese tiempo a sus empleados que contraigan matrimonio, y eso quedaría establecido en el Código Sustantivo del Trabajo, gracias a una modificación. Eso sí, si la iniciativa es aprobada antes del 20 de junio.

Todos los trabajadores tendrán derecho a ese beneficio, “independientemente del tipo de vinculación o el tiempo de servicio”, indicó El Espectador.

Pero también tendrá condiciones, según lo discutido en la Comisión Séptima del Senado: solo se podrá hacer efectivo en un plazo de 30 días después de la boda o la declaración de unión marital de hecho; además, quienes quieran acogerse al beneficio deben presentar los documentos que acrediten su nuevo estado civil.

El diario también señaló que otra de las reglas claras es que la licencia será otorgada solo por una vez en la vida de cada persona; es decir que los divorciados que se vuelvan a casar no podrán pedir dicha licencia, si ya se acogieron a ella en su primer matrimonio.

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El representante liberal Silvio Carrasquilla, autor de la iniciativa, le explicó al medio la motivación para hacer esta propuesta:

“Es una forma para fortalecer la familia, arrancando desde el matrimonio, que es uno de los puntos de inicio de esta. La idea es que se pueda utilizar por los casados para disfrutar de su luna de miel, un tiempo juntos, y volver al trabajo”.

Mientras que la senadora Laura Fortich, también ponente, le dijo a Caracol Radio que eso tendrá “un impacto social muy importante” para trabajadores y empleadores porque las personas son más productivas en sus trabajos cuando “tienen una vida sana y un ambiente agradable”.

Para los senadores, esto no afecta a las empresas porque solo aplica una vez y son pocos los empleados que se casan en un año y el proyecto fijó la licencia en solo tres días, cuando inicialmente se hablaba de cinco.

Una vez sea aprobada, entraría en vigencia dos años después de ser sancionada como ley.