El fallo va dirigido al presidente Iván Duque, al Ministerio de la Defensa, a la Policía Nacional, a la alcaldesa Claudia López y los demás alcaldes y gobernadores del país que deben cancelar el aval que habían dado para las marchas y movilizaciones de mañana, informó ‘La Luciérnaga’, de Caracol Radio.

La providencia de 45 páginas fue proferida por la magistrada Nelly Yolanda Villamizar y le hace la exigencia a las autoridades para que la decisión se informe lo más pronto posible para que los manifestantes se abstengan de salir a marchar.

La decisión cautelar provisional aplica hasta que se “alcance la inmunidad de rebaño con la vacunación contra a pandemia de COVID-19 y sus mutaciones”, de la que el país está bastante lejos, por lo que esto suspendería este tipo de movilizaciones indefinidamente.

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Para alcanzar ese escenario se necesitaría al menos un 55 % de los colombianos vacunados pues a la fecha solo hay aproximadamente 1’400.000 con las dos dosis y 1’600.000 con una sola dosis.

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También plantea que se podrían habilitar sí se establece un protocolo de seguridad, pues la magistrada argumenta riesgos para la salud pública teniendo en cuenta la alta ocupación de las UCI en gran parte del país.

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La decisión también aplica para las marchas programadas del próximo sábado primero de mayo, por el Día del Trabajo.

Este es el documento:

¿Qué tutela originó el fallo contra el Paro Nacional?

Los periodistas de la emisora señalaron que esta sentencia tiene origen en una tutela que provocó la expedición de los protocolos para el manejo de la protesta social en Colombia, hace algunas semanas.

La magistrada deja claro que si hay un protocolo de seguridad se podrían dar las marchas y deja abierto el escenario.

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¿Hay Paro Nacional el 28 de abril?

Ahora se espera la reacción del Gobierno Nacional y los gobiernos locales, pues pese a que el derecho a la protesta está garantizado por ley y no necesita permisos, se trata de una orden judicial.

Por su parte, el Comité del Paro Nacional, que convocó las marchas, reiteró que no acatará el fallo porque la protesta social debe garantizarse y no autorizarse.

Además, los panelistas de Blu Radio plantearon la imposibilidad de cumplirlo, pues aunque las autoridades revoquen la orden las personas podrían salir a las calles y pasar por alto esta decisión.

Alcance del fallo contra las marchas:

Este análisis de la cuenta @DefenderLiberta expone también que el derecho a la protesta solo puede ser limitado por la ley y no requiere permisos: