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El proyecto de acto legislativo que propone limitar el funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) hasta el año 2028 avanzó en su trámite legislativo al superar el primer debate en la Comisión Primera del Senado. Esta iniciativa es promovida por Enrique Gómez, del partido Salvación Nacional, junto con respaldo de la bancada oficialista. La discusión central se realizó al mediodía del miércoles 28 de octubre, y concluyó con la aprobación de la ponencia positiva, presentada por el mismo Gómez, gracias a 10 votos favorables. Los votos provinieron de senadores de partidos como Centro Democrático, Partido Conservador, Cambio Radical, La U, Partido Liberal, Alianza Verde y Mira, destaca El Espectador.
Este debate estuvo marcado por el retiro del bloque del Pacto Histórico, principal fuerza de oposición al gobierno de Abelardo de la Espriella, que, a pesar de su decisión de abandonar la sesión, no alcanzó a revertir el quorum decisorio ni la aprobación del texto. En dicha sesión, también se aprobaron proposiciones impulsadas por la senadora uribista María Clara Posada.
Uno de los aspectos principales aprobados en la modificación del proyecto establece que las sentencias condenatorias contra comparecientes que no acepten responsabilidad ante la JEP serán revisadas de forma automática por la Corte Suprema de Justicia. Asimismo, se estableció que las acciones de tutela contra las decisiones de la JEP serán estudiadas por la misma alta corte. Además, se eliminó una sala de cumplimiento que, según la senadora Posada, podría haberse extendido por 20 años más allá del periodo establecido para el tribunal, a lo que se refirió como un “mico” en el proceso legislativo.
La JEP advirtió, de acuerdo con El Espectador, que acortar su periodo podría poner en riesgo los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición, ya que imponer un cierre definitivo sin certidumbre de la conclusión de los procesos vulnera las garantías judiciales. El tribunal también expresó que, tras el cierre, los expedientes pasarían a la justicia ordinaria, lo que, según la JEP, alteraría el diseño mismo de la justicia transicional y la garantía constitucional del juez natural.
Por su parte, el senador Gómez explicó que aunque los casos seguirían en la justicia ordinaria luego de la Clausura de la JEP, esto no debe implicar dificultades procesales adicionales para quienes sean trasladados a ese sistema judicial. El proceso de este proyecto de acto legislativo apenas comienza y debe todavía superar las etapas en plenaria del Senado, así como un total de ocho debates entre la Cámara y el Senado, cumpliendo con mayorías diversas en cada etapa.
Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.
¿En qué consiste el proyecto sobre la JEP que se discute en el Senado?
El proyecto busca fijar 2028 como fecha límite para que la Jurisdicción Especial para la Paz, mecanismo de justicia transicional, finalice sus funciones, trasladando la revisión de sentencias y tutelas vinculadas a la Corte Suprema de Justicia. El debate tiene implicaciones en los derechos de las víctimas y la estructura judicial creada para los crímenes del conflicto armado, según advierte la propia JEP.
¿Cómo afectaría el cierre anticipado de la Jurisdicción Especial para la Paz a las víctimas del conflicto?
Según declaraciones recogidas por El Espectador, la JEP considera que el cierre anticipado podría limitar el acceso de las víctimas a mecanismos efectivos de verdad, justicia, reparación y no repetición, especialmente si los procesos quedan pendientes de resolución al momento del cierre y pasan a la justicia ordinaria, que no fue diseñada para casos de justicia transicional.
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