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Tal como estaba previsto, la definición sobre si Iván Cepeda puede participar o no en la consulta interpartidista del 8 de marzo quedó este lunes en manos de conjueces, ante la falta de mayorías en la Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE).
El debate gira en torno a una posible inhabilidad por haber participado previamente en una consulta del Pacto Histórico, cuya naturaleza jurídica sigue en disputa.
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Aunque la Sala Plena del organismo se reunió este lunes desde las 8:00 de la mañana para discutir una ponencia que le da vía libre a la participación de Cepeda (promovida por magistrados afines al petrismo), no hubo una decisión consolidada.
¿La razón? Cinco magistrados votaron en contra de la ponencia, mientras que cuatro se declararon a favor. Sin embargo, para adoptar una determinación las normas indican que debe haber una mayoría absoluta de seis votos. De allí que se requiera llamar a conjueces.
Se trata de juristas externos que, vía sorteo, son convocados de manera temporal y que, tras analizar la ponencia, emiten un voto fungiendo como magistrados.
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Fuentes al interior del CNE confirmaron que serán llamados dos conjueces y un tercero que fungirá como suplente. Basta un voto de ellos para que los contradictores a la participación de Cepeda se impongan. Por otro lado, quienes están a favor de su participación en la consulta necesitarían dos votos de esos conjueces para avalar su ingreso a la consulta.
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