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Escrito por:  Fabián Ramírez
Subeditor     Feb 2, 2026 - 8:21 am

Las alarmas de la industria del transporte digital en Colombia, que incluye a Uber, Didi, Cabify, inDrive y Picap, han sido encendidas por un proyecto de reforma al régimen sancionatorio de la Superintendencia de Transporte. Radicado el 20 de enero de 2026, el proyecto de 118 artículos y 71 páginas, impulsado por el Ministerio de Transporte y la Superintendencia, está siendo interpretado por el sector como una medida para prohibir completamente su operación en el país.

La propuesta de reforma clasifica los servicios de transportes digital como “ilegales” y endurece las sanciones para conductores, usuarios, plataformas digitales, y hasta propiedades asociadas con su funcionamiento. La iniciativa produjo controversia debido a su enfoque en el “servicio ilegal de transporte”, definido como el uso de vehículos privados para mover personas o carga sin la autorización competente ni el cumplimiento de requerimientos legales, como informó Blu Radio.

Según palabras de José Daniel López, director ejecutivo de Alianza In, gremio que representa a Uber y demás plataformas de transporte, “desde las definiciones iniciales se evidencia una intención prohibitiva en lugar de regulatoria” señaló en declaraciones recogidas en un comunicado. López califica el proyecto como “un misil estructural contra el trabajo de la gente”, y critica la falta de dialogo y un enfoque regulatorio que incluya a las partes interesadas.

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El artículo 8 del proyecto, una de las normas más cuestionadas, sanciona a individuos o empresas que presten o faciliten estos servicios calificados como ilegales. Las multas se incrementan considerablemente, pudiendo llegar hasta los 2.179 millones de pesos, y el tiempo de inmovilización de vehículos usados para estos servicios puede extenderse hasta los 90 días.

Esencialmente polémico es además el artículo 88, que multa a propietarios de propiedades horizontales (como edificios residenciales o comerciales) con hasta 726 millones de pesos por facilitar el estacionamiento o la prestación de estos servicios y hasta por 120 días. La propuesta también otorga a las alcaldías y a la Superintendencia poder para suspender las operaciones de estas plataformas sin necesidad de una orden judicial.

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