Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por pulzo   Sep 23, 2026 - 6:05 pm
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El juez Fredy José Puche Causil fue sentenciado por la Corte Suprema de Justicia por el delito de prevaricato por omisión, luego de no ordenar la realización de una prueba genética de ADN en un proceso de paternidad clave. Todo inició el 22 de julio de 2011, cuando Eduardo Molina interpuso una demanda para que se le reconociera legalmente como hijo, debido a que no figuraba registrado. El caso fue asumido por el juez promiscuo de familia del circuito de Cereté, quien, cuatro años después, el 20 de abril de 2015, decretó que era indispensable practicar la prueba genética mediante la exhumación del presunto padre. Confirmando esa decisión, el Tribunal de Montería ratificó la necesidad de la prueba meses después. Sin embargo, Puche Causil, ignorando estas determinaciones, omitió la prueba de ADN y limitó la investigación a un simple interrogatorio antes de concluir la etapa probatoria, a pesar de que el demandante insistió en la importancia de dicha evidencia.

Finalmente, el 31 de mayo de 2016, el juez decidió negar la demanda, argumentando que Molina no había demostrado su filiación. La Corte Suprema observó que esta actuación contrariaba la Ley 721 de 2001, que en investigaciones de paternidad y maternidad exige la práctica de la prueba de ADN, ordenando incluso que se utilicen medidas compulsivas de ser necesario. Así lo manifestó el alto tribunal, al señalar que la prueba no solo debía ordenarse, sino asegurarse que se realizara efectivamente, por lo que la inactividad del juez constituyó una afectación al debido proceso y al bien jurídico protegido.

El proceso judicial avanzó y, el 20 de mayo de 2024, la Fiscalía General de la Nación imputó a Puche Causil por el delito de prevaricato por omisión, aunque el juez no aceptó los cargos. Siguió un fallo absolutorio en primera instancia; sin embargo, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema revocó esa decisión, hallándolo penalmente responsable. Entre las consideraciones, la Corte precisó que el juez tenía la potestad y el deber de utilizar todos los mecanismos legales a disposición para llevar a cabo la prueba científica fundamental. La Corte también descartó negligencia del demandante porque su abogado insistió en la diligencia faltante, pero Puche Causil prefirió fallar con base en el material incompleto. El tribunal destacó el perjuicio procesal causado, pues la sentencia debió ser anulada y el proceso reiniciado.

Como consecuencia, Fredy José Puche Causil fue condenado a 32 meses de prisión, una multa equivalente a 13,33 salarios mínimos legales mensuales vigentes, inhabilitación de 60 meses para ejercer cargos públicos y destitución inmediata de su puesto judicial.

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¿Por qué la Corte Suprema de Justicia condenó al juez Fredy José Puche Causil por prevaricato?

La Corte Suprema de Justicia condenó al juez Fredy José Puche Causil porque omitió practicar una prueba genética de ADN considerada esencial en un proceso de paternidad, desconociendo la obligación establecida por la Ley 721 de 2001. El tribunal determinó que la omisión afectó derechos fundamentales y el debido proceso.

¿Qué es una prueba de ADN en procesos de paternidad y por qué es obligatoria según la Ley 721 de 2001?

Una prueba de ADN es un examen científico que compara material genético para determinar la filiación biológica entre dos personas. Según la Ley 721 de 2001, es obligatoria en juicios de paternidad y maternidad, salvo que sea absolutamente imposible realizarla, porque constituye una herramienta probatoria fiable y determinante en estos procesos.


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