Por: El Espectador

El Espectador es el periódico más antiguo del país, fundado el 22 de marzo de 1887 y, bajo la dirección de Fidel Cano, es considerado uno de los periódicos más serios y profesionales por su independencia, credibilidad y objetividad.

Este artículo fue curado por pulzo   Oct 1, 2026 - 12:00 pm
Visitar sitio

La Sección Cuarta del Consejo de Estado tomó una decisión significativa este 1 de octubre relacionada con el asesinato del periodista Jorge Enrique Pulido Sierra, víctima de un atentado ordenado por el cartel de Medellín en noviembre de 1989. El alto tribunal anuló la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que, previamente, había negado a los familiares del comunicador el reconocimiento como víctimas del conflicto armado interno. Así, este nuevo fallo modifica la postura jurídica sobre el alcance y las condiciones para considerar a las víctimas dentro de dicho conflicto, abriendo la puerta para que la familia Pulido sea reconocida oficialmente en esa condición.

Jorge Enrique Pulido, quien trabajó principalmente en la cadena radial Todelar, fue baleado el 29 de octubre de 1989 por dos sicarios mientras transitaba por el centro de Bogotá, debido a sus denuncias públicas contra los carteles del narcotráfico, en particular a través de su programa Canal Abierto. Luego de permanecer hospitalizado durante diez días en la Clínica San Pedro Claver, falleció el 9 de noviembre de ese año, en medio de una de las épocas más violentas de la guerra contra las drogas en Colombia.

Tras el asesinato de Jorge Enrique Pulido y el exilio de su esposa e hijo, la familia presentó desde 2018 demandas y solicitudes de protección de derechos ante la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV). Sin embargo, instancias judiciales anteriores argumentaron que el asesinato no hacía parte del conflicto armado interno, considerando que la acción fue una “retaliación personal” y no hubo prueba de conexidad con el conflicto, según recogió el Consejo de Estado. Con ello, también se negó que el exilio estuviera directamente provocado por amenazas de actores armados, sino resultado de una decisión preventiva de la familia por inseguridad.

El Consejo de Estado, al revocar esa decisión, hizo énfasis en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, subrayando que no es necesario demostrar una relación directa y concreta entre el crimen y una confrontación militar para considerar a una persona víctima del conflicto. El tribunal resaltó similitudes con otros casos, donde los atentados del cartel de Medellín participaron en una campaña terrorista dirigida a doblegar al Estado y a la sociedad civil, lo que permite interpretar bajo un criterio amplio los hechos victimizantes dentro del contexto del conflicto armado.

Esta determinación ordena que en máximo 20 días se emita una nueva decisión sobre el reconocimiento de las víctimas, garantizando los derechos fundamentales a la igualdad y al debido proceso de la familia.

¿Por qué el Consejo de Estado reconoce el crimen de Jorge Enrique Pulido como parte del conflicto armado interno?

El Consejo de Estado argumentó que el asesinato de Jorge Enrique Pulido forma parte del conflicto armado interno porque fue perpetrado por el cartel de Medellín como parte de una estrategia de terror dirigida a autoridades, periodistas y la sociedad civil con el objetivo de amedrentar y doblegar al Estado. Según la jurisprudencia citada, no es obligatorio probar una relación directa entre el hecho victimizante y un enfrentamiento militar; basta mostrar una conexidad cercana y suficiente con el desarrollo del conflicto armado, lo cual, en el caso de Pulido Sierra, se cumple por la naturaleza y motivación terrorista del crimen.

¿Qué papel juega la jurisprudencia de la Corte Constitucional en la protección de las víctimas del conflicto armado?

La jurisprudencia de la Corte Constitucional establece que las autoridades deben interpretar de manera amplia el vínculo entre hechos victimizantes y el conflicto armado, evitando enfoques restrictivos. El Consejo de Estado citó esta posición para proteger el derecho de las víctimas, señalando que es suficiente demostrar la incidencia de los hechos dentro del contexto general del conflicto, y que negar el reconocimiento por falta de una relación directa vulnera los derechos fundamentales, como ocurrió en este caso.

Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.

“Voy a aceptar”: Petro explicó qué hará con el salario mínimo por decisión del Consejo de Estado

El presidente Gustavo Petro dijo en alocución cuáles van a ser los siguientes pasos para definir el nuevo salario mínimo en Colombia y hasta lanzó una propuesta de que sea más de 2 millones de pesos.

* Pulzo.com se escribe con Z

Lee todas las noticias de nación hoy aquí.