Por: EL PILON SA

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Este artículo fue curado por pulzo   Ago 4, 2026 - 3:40 pm
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El Consejo de Estado decidió mantener la curul de Alfredo Ape Cuello Baute, representante a la Cámara por el departamento del Cesar, luego de que la Sección Quinta de este alto tribunal negara las pretensiones de una demanda de nulidad electoral en su contra, la cual buscaba revocar su elección para el periodo 2026-2030. De acuerdo con la información consignada en el fallo, no se hallaron elementos suficientes que demostraran que el congresista había cometido doble militancia, una prohibición que impide a los candidatos apoyar abiertamente aspiraciones electorales de otros partidos o movimientos diferentes al suyo.

La acción judicial fue presentada por Yamila Esther Mejía Sánchez. En su argumentación, ella sostuvo que Cuello Baute habría hecho proselitismo político a favor de un grupo denominado “Equipo Azul” en Valledupar, y que también había brindado apoyo a candidatos al Senado de otras colectividades, tales como Didier Lobo Chinchilla, José Alfredo Gnecco y Horacio José Serpa. Esto, según la demandante, iría en contravía de los lineamientos del Partido Conservador Colombiano, colectividad por la cual Ape Cuello fue avalado.

Sin embargo, durante el juicio el Consejo de Estado concluyó que el “Equipo Azul” nunca existió jurídicamente como grupo significativo de ciudadanos ni inscribió candidatos para las elecciones legislativas más recientes, celebradas el 8 de marzo de 2026. Según el magistrado ponente, Luis Alberto Álvarez Parra, la expresión “Equipo Azul” fue utilizada únicamente como estrategia publicitaria en el marco de la campaña del propio Cuello Baute, descartando así la existencia de una organización política formal que pudiera sustentar la acusación de doble militancia.

En cuanto a los supuestos apoyos a candidaturas de otros partidos, el tribunal analizó, entre otras pruebas, una fotografía en la que Cuello Baute aparecía junto a Didier Lobo. El Consejo de Estado determinó que la imagen no contenía contexto temporal ni espacial suficiente para demostrar un acto de apoyo electoral, recordando que, según sus criterios, cualquier respaldo indebido debe ser “evidente o de bulto” para ser considerado como prueba de doble militancia. Además, se indicó que el contenido de redes sociales citado como evidencia usaba balones y escudos deportivos, elementos que no constituyen por sí mismos indicios claros de una invitación a votar por terceros.

Frente a la ausencia de pruebas objetivas sobre la presunta doble militancia, el Consejo de Estado ordenó archivar el expediente y ratificó la credencial parlamentaria de Ape Cuello Baute, subrayando que la sola aparición conjunta de dirigentes políticos o la divulgación de imágenes no basta para sancionar este comportamiento electoral.

¿Qué es la doble militancia y cómo se demostró en el caso de Ape Cuello?

La doble militancia es la conducta mediante la cual un candidato apoya públicamente, de manera real e inequívoca, aspiraciones electorales de partidos o movimientos políticos distintos a la colectividad que respalda su propia candidatura. En el caso de Ape Cuello, el Consejo de Estado concluyó que no existieron pruebas claras ni actos objetivos que confirmaran tal conducta, por lo que se desestimaron los cargos en su contra.

¿Cuáles fueron los argumentos principales del Consejo de Estado para mantener la curul de Ape Cuello?

El Consejo de Estado sostuvo que ni el “Equipo Azul” existía formalmente como grupo significativo de ciudadanos ni las pruebas presentadas, incluidas fotografías y publicaciones en redes, demostraban un apoyo evidente a candidatos de otros partidos. Por esta razón, decidió ratificar la credencial de Ape Cuello Baute como representante a la Cámara por el Cesar hasta 2030.

* Este artículo fue curado con apoyo de inteligencia artificial.


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