Por: El Espectador

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Este artículo fue curado por pulzo   Oct 9, 2026 - 5:50 pm
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El viernes 9 de octubre, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia comunicó la condena al senador Wilmer Carrillo, quien deberá cumplir ocho años y seis meses de prisión. El fallo se derivó de su responsabilidad en el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, mientras que fue absuelto del cargo de peculado por apropiación en favor de terceros, de acuerdo con la información publicada por El Espectador.

Según detalló la Corte Suprema, los hechos juzgados ocurrieron en 2010, cuando Carrillo ocupaba el cargo de secretario de Infraestructura de Norte de Santander. Durante ese periodo, suscribió y liquidó el contrato de obra 01442, cuya financiación provino del Instituto Nacional de Vías (Invías). El objetivo era la mejora del corredor vial entre Salazar y Arboledas, incluidos dos kilómetros de pavimentación. Sin embargo, el alto tribunal identificó que el proceso contractual se ejecutó sin contar con los estudios y diseños exigidos, situación que vulneró la transparencia y la correcta planeación de la obra.

En el fallo, la Sala también señaló que el plazo fijado para adelantar la selección de las propuestas limitó la participación de otros posibles oferentes, lo que va en contra de los principios de pluralidad y equidad en la contratación pública. Adicionalmente, la Corte encontró anomalías en la liquidación del contrato, ya que no se registraron las modificaciones que eliminaron la pavimentación inicial prevista. El comunicado oficial indicó que Carrillo conocía y aprobó estas irregularidades, corroborando su participación activa en las decisiones objetadas.

Respecto a la responsabilidad penal, la Sala enfatizó que el senador estaba plenamente consciente de la ilicitud de su proceder y podía determinarse conforme a ese conocimiento, por lo cual debía ser considerado imputable. Como consecuencia, la Corte Suprema le impuso, aparte de la condena carcelaria, una multa por 125 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a 218 millones de pesos, y la inhabilitación para ejercer funciones públicas durante nueve años, seis meses y un día.

Sobre la absolución por el presunto peculado por apropiación en favor de terceros, la Corte dictaminó que no se probó un desvío de recursos públicos a través de la subcontratación, ni se encontró evidencia de una multa exigible o diferencia de precios constitutiva de apropiación indebida.

Finalmente, el alto tribunal negó la posibilidad de una suspensión condicional de la pena o su sustitución por detención domiciliaria, y dispuso que la captura de Carrillo se hará efectiva una vez la sentencia quede en firme.

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¿Por qué fue condenado el senador Wilmer Carrillo en la Corte Suprema?

El senador Wilmer Carrillo fue condenado por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Según lo detalló la Corte Suprema de Justicia, Carrillo, en calidad de secretario de Infraestructura de Norte de Santander, celebró un contrato financiado por el Instituto Nacional de Vías (Invías) sin la documentación técnica necesaria y restringió la participación de oferentes, además de autorizar modificaciones irregulares en el proceso de liquidación.

¿Qué significa peculado por apropiación en favor de terceros?

Peculado por apropiación en favor de terceros se refiere al delito en el que un funcionario público destina o utiliza recursos del Estado en beneficio de otras personas, sin que estos les correspondan. En el caso de Wilmer Carrillo, la Corte Suprema lo absolvió de este cargo ya que no halló pruebas de que existiera una apropiación irregular de recursos públicos relacionada con el contrato investigado.


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