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Este artículo fue curado por Gustavo Arbelaez   Dic 4, 2023 - 4:36 pm
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Uno de los momentos favoritos de los trabajadores en Colombia se acerca y es el cobro de la prima de fin de año. Según el Código del Trabajo, es una obligación de la empresa con sus empleadores y que debe consignarse, a más tardar, el 20 de diciembre.

Esta prestación se paga dos veces al año, una en junio y otra en diciembre. El pago corresponde a 30 días de salario por año. Por ejemplo, las personas que cobran el salario mínimo, que ya se negocia para 2024, $ 1.160.000, tendrán que recibir $ 580.000 en la consignación de diciembre si trabajaron todo el año.

(Vea también: Cuánto les tiene que llegar de prima a empleadas domésticas en Colombia; son 2 pagos)

¿Puede pedir adelanto de la prima de diciembre?

La respuesta rápida es sí, pero tiene un trasfondo muy amplio que explicaremos a continuación:

La prima navideña es catalogada como una prestación social y no hace parte del salario en ningún caso, según el artículo 307 del Código Sustantivo del Trabajo. Además, los adelantos se hacen sobre el salario. No obstante, puede enviar una carta a su empleador para que contemple la posibilidad de pagarle antes la prima.

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¿Cómo se calcula el pago de la prima?

Las personas que llevan menos de un año en la empresa deben hacer cuentas para saber cuánto dinero recibirán. La Ley indica que deben multiplicar el salario por los días laborados en el año, dividido en 360.

Por ejemplo, si gana los $ 1.160.000 del salario mínimo, pero trabajó 150 días, ganará $ 483.333 a final de año.

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