El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 1469 de 2025, que establecía un incremento del 23 % en el salario mínimo para este año, elevándolo a 2 millones de pesos incluyendo el auxilio de transporte.
(Ver también: Tumban salario mínimo decretado por Petro en Colombia: Consejo de Estado tomó decisión)
La decisión, adoptada este viernes, se basa en la falta de criterios técnicos suficientes para justificar el ajuste unilateral por parte del Gobierno, según argumentan las demandas presentadas por gremios como Fenalco y otros actores.
Esta medida despertó interrogantes sobre sus implicaciones, especialmente considerando que los pagos de enero ya se hicieron bajo el valor incrementado. Expertos en derecho laboral y economía analizan posibles escenarios, priorizando la estabilidad económica y la protección de los trabajadores.
El fallo provisional no implica una anulación definitiva, pero obliga al Gobierno a expedir un nuevo decreto que corrija las falencias señaladas, como la insuficiente motivación técnica y económica.
Históricamente, en casos similares –como la anulación del decreto de salario mínimo de 2016 en 2017–, el alto tribunal ha aclarado que los efectos no son retroactivos, evitando la devolución de pagos ya efectuados para no afectar los ingresos de los asalariados ni causar caos en la nómina.
A continuación, se detallan los escenarios más probables, basados en precedentes judiciales y opiniones de especialistas.
Escenario 1: mantenimiento de pagos hechos y reliquidación prospectiva.
En este caso, el aumento ya pagado en enero no se revertiría, preservando los ingresos de los trabajadores y evitando litigios masivos por devoluciones. Una vez expedido el nuevo decreto –que podría fijar un incremento menor, ajustado a variables como inflación (estimada en 5 % para 2025), productividad y contribución al PIB–, se reliquidarían los salarios a partir de su implementación, posiblemente en febrero o marzo.
Andrés Felipe Velásquez, socio de Velásquez Osorio Abogados, explicó en La República que “hay que distinguir los efectos mientras el decreto estuvo vigente y lo que sigue a futuro”, enfatizando que una suspensión o anulación no afectaría lo ya devengado.
Esto minimizaría impactos en la economía, aunque podría generar ajustes en cotizaciones a seguridad social y parafiscales para los meses subsiguientes. Gremios como Fenalco advierten que un nuevo ajuste podría oscilar entre 10 % y 15 %, reduciendo la presión inflacionaria sobre las mipymes.
Escenario 2: ajuste del porcentaje sin devoluciones, pero con reliquidación de servicios y bases futuras.
Aquí, se mantendría el dinero ya desembolsado a los trabajadores, pero se revisaría el porcentaje de incremento global, reliquidando aumentos derivados en servicios públicos, multas, arriendos y contratos indexados al salario mínimo.
El nuevo decreto establecería una base ajustada, y cualquier incremento para 2027 partiría de este valor “nuevo” en lugar del 23 % original, potencialmente alterando la trayectoria de crecimiento salarial a mediano plazo.
Este enfoque, similar al precedente de 2017, busca equilibrar la legalidad con la realidad económica, evitando que el fallo cause inflación retroactiva o pérdida de poder adquisitivo. Sin embargo, podría implicar recálculos en tributos y sanciones administrativas, afectando presupuestos empresariales y estatales.
Expertos como los citados en análisis jurídicos indican que la probabilidad de anulación definitiva es “importante y real”, pero el Consejo de Estado priorizaría decisiones que no desestabilicen el mercado laboral.
El Gobierno, por su parte, ha defendido el decreto argumentando criterios sociales como el “salario mínimo vital”, pero enfrenta al menos 16 demandas acumuladas en el alto tribunal.
Mientras se resuelve el fondo del asunto –que podría tardar meses–, la suspensión provisional mantiene en vilo a millones de colombianos. Economistas alertan sobre riesgos de desempleo si no se resuelve pronto, con estimaciones de hasta 772.000 puestos perdidos si persiste la incertidumbre.
(Ver también: Exponen radical medida de empresas en Colombia por alza del salario mínimo: el 14 % tomó dura carta)
El Ministerio de Trabajo no ha emitido declaraciones oficiales al cierre de esta nota, pero se espera un nuevo decreto en las próximas semanas para aclarar el panorama.
* Pulzo.com se escribe con Z
LO ÚLTIMO