En junio se suele pagar la primera prima de servicios del año. De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, corresponde a un reconocimiento económico que se la da al empleado por el semestre trabajado o por el tiempo laborado hasta la fecha.

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Asimismo, la entidad señaló que todo trabajador dependiente podrá recibir esta prestación social desde el primero de junio hasta el 30 de junio, como plazo máximo.

“Este beneficio corresponde a 30 días de salario por año, o proporcional al tiempo laborado, a efectuarse en dos pagos: en junio y diciembre”, detalló el Ministerio.

 

Sin embargo, hay tres grupos de trabajadores que no recibirán la prima de junio y son quienes cumplan con las siguientes características, afirmó Noticias RCN.

  1. Salario integral: no reciben prima de servicios ya que este aporte va incluido en el 30 % que se otorga por factor prestacional.
  2. Contrato por prestación de servicios: porque no hay una relación directa para los pagos prestacionales del empleador al trabajador.
  3. Contrato de aprendizaje: aplica para algunos trabajadores del Sena y los estudiantes que se encuentran en sus prácticas profesionales.
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Según la ley, el pago debe ser correspondiente a 15 días de sueldo. Es decir, el empleado recibirá medio sueldo adicional. No obstante, La W señaló que también puede seguir esta formula:

Tomar su salario base, multiplicarlo por 180 (mitad de año) y dividir el resultado en 360.

Pero si la persona lleva menos de 180 días vinculado a la empresa, deberá hacer el cálculo con el número de días que ha laborado hasta el momento.