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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Jul 10, 2025 - 6:44 am
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La reforma al sistema de jubilaciones trae una serie de beneficios para los trabajadores que, por alguna razón, no han podido cotizar la cantidad suficiente para tener una pensión en Colombia.

De acuerdo con el documento aprobado, hay una serie de mecanismos que pueden funcionar para las personas puedan recibir algún tipo de ingreso al momento de la vejez, en caso de no contar con una mesada de jubilaciones.

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La pensión en Colombia, con este beneficio, buscaría abarcar a más trabajadores y ciudadanos que no lograron completar los requisitos mínimos de la ley.

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Renta Vitalicia para quienes aportaron a pensión en Colombia entre 300 y 1.000 Semanas

Una de las grandes novedades en el sistema de pensión en Colombia se centra en aquellos colombianos residentes en el territorio nacional que, al llegar a la edad de jubilación (65 años para hombres y 60 para mujeres), han contribuido con un número de semanas que oscila entre trescientas 300 y menos 1.000. Este grupo se divide en dos categorías principales:

Los elegibles de este beneficio deberán hacer el cálculo de esta renta teniendo en cuenta dos componentes:

  • Componente de Prima Media del Pilar Contributivo: Se tomará el valor de las cotizaciones realizadas, actualizándolas a valor presente con la inflación final de período del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el DANE
  • Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo: Se sumará el saldo acumulado en la cuenta de ahorro individual del afiliado

(Vea también: Nueva ley para reclamar pensión de invalidez en Colombia dejó a mucho desanimados)

Es importante destacar que el Ministerio del Trabajo tiene la responsabilidad de garantizar y vigilar la efectiva inclusión de estas personas en el Pilar Solidario, asegurando que reciban la prestación correspondiente.

¿Quiénes no van a ser elegibles para este pago de la pensión en Colombia?

Para los afiliados que cumplen con el rango de semanas cotizadas (entre 300 y menos de 1.000) pero que no son elegibles para el Pilar Solidario, también se les otorgará una Renta Vitalicia. La diferencia radica en la fórmula de cálculo del Componente de Prima Media del Pilar Contributivo:

  • Componente de Prima Media del Pilar Contributivo: El valor de las cotizaciones se actualizará por IPC, pero adicionalmente se le aplicará un aumento del 3 % efectivo anual. A esta base se le sumará un subsidio equivalente al 20 % en el caso de los hombres y 30% para las mujeres del saldo restante
  • Componente Complementario de Ahorro Individual del Pilar Contributivo: Al igual que en el caso anterior, se sumará el saldo de la cuenta de ahorro individual

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De momento, estas modificaciones sobre la pensión en Colombia dependen de lo que defina el estudio de la Corte Constitucional con base en lo nuevamente aprobado por la Cámara de Representantes.

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