Escrito por:  Redacción Economía
Sep 4, 2026 - 7:48 am

El auxilio funerario de Colpensiones continuará vigente en 2027, cuando entre en operación el nuevo sistema pensional establecido por la Ley 2381 de 2024.

La prestación está destinada a la persona que asuma los gastos de entierro o cremación de un afiliado activo o pensionado y mantendrá los requisitos y condiciones contemplados actualmente en la Ley 100.

El beneficio no se entrega automáticamente a los familiares del fallecido. Para solicitarlo, la persona que pagó los servicios funerarios deberá demostrar que efectivamente asumió los costos, presentar el registro o documento que acredite el fallecimiento y entregar las facturas originales expedidas por la funeraria.

El monto tampoco será una suma fija. Colpensiones reconocerá los gastos funerarios efectivamente realizados y comprobados, respetando los límites establecidos por la ley: el pago no podrá ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente ni superar los 25 salarios mínimos.

Lee También

Con la reforma pensional, Colpensiones asumirá directamente la cobertura de este auxilio para sus afiliados y las personas pertenecientes al Pilar Contributivo.

Aunque cambiará la estructura del sistema, se conservarán las reglas sobre requisitos, documentación y límites.

Así, desde 2027, quienes demuestren haber pagado los gastos funerarios podrán solicitar el reconocimiento ante Colpensiones, siempre que se cumplan las condiciones legales.

* Pulzo.com se escribe con Z

Lee todas las noticias de economía hoy aquí.