Por: Portal Bogotá

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Este artículo fue curado por Andrea Castillo   Dic 5, 2025 - 6:23 am
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En Bogotá, 20.882 vehículos se encuentran inscritos en el Registro Distrital Automotor a nombre de persona indeterminada, que han superado el periodo de permanencia de tres años contados a partir del día de la inscripción del traspaso.

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Es bueno recordar que el traspaso efectuado a persona indeterminada permitió a los propietarios que vendieron su vehículo sin haber formalizado el traspaso ante el organismo de tránsito, desvincularse legalmente del automotor cuando no le fue posible identificar o ubicar a la persona a la cual le vendió el vehículo.

Es decir, los poseedores de estos vehículos que fueron registrados a nombre de persona indeterminada deben legalizar la propiedad ante la Ventanilla Única de Servicios.

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¿Qué debes hacer?

Si tu vehículo se encuentra registrado en el organismo de tránsito de Bogotá como “persona indeterminada”, sigue estos pasos:

¿Qué consecuencias tiene no legalizar la posesión del vehículo?

  • Suspensión del registro del vehículo, una vez transcurridos seis meses desde la publicación del listado de placas.
  • Inmovilización del vehículo, si es sorprendido circulando por las vías de la Capital sin la debida formalización del traspaso a tu nombre.

La Ventanilla Única de Servicios te invita a dar cumplimiento a lo normado, legalizando la propiedad del vehículo que posees.

Estas instrucciones fueron impartidas a través de la Circular 20254000000627. El Ministerio de Transporte las dio a los Organismos de Tránsito para dar cumplimiento a lo establecido en el numeral b) del artículo 5.3.3.5 de la Resolución Única Compilatoria de Tránsito no. 20223040045295 del 2022, relacionada con los vehículos registrados a persona indeterminada que han superado el periodo de permanencia de tres (3) años contados a partir del día de la inscripción del traspaso.

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