La convivencia con mascotas en espacios compartidos, como los conjuntos residenciales, está sujeta a diversas normativas que buscan garantizar el bienestar de todos los habitantes y la adecuada integración de las mascotas en la comunidad.
(Vea también: Dueños de perros hacen cuentas: se cae cifra de los 7 años humanos por cada año del animal)
La ley aborda varios aspectos importantes sobre el manejo de animales domésticos, estableciendo directrices y sanciones específicas para prevenir y resolver conflictos relacionados con su tenencia.
De acuerdo con Leonardo Leal, secretario ejecutivo del Colegio de Abogados Rosaristas, la Ley 675 de 2001, que regula las unidades inmobiliarias cerradas, menciona que los reglamentos internos de estos conjuntos residenciales deben establecer los requisitos para la permanencia de mascotas.
Sin embargo, esta ley no detalla explícitamente las condiciones para su tenencia, dejando en manos de los reglamentos internos la regulación de aspectos como el número de animales permitidos, sus razas y comportamientos aceptables.
Nuevas medidas para la tenencia de mascotas en conjuntos residenciales
Esta misma ley y otras normativas regulan varios aspectos clave de la tenencia de mascotas en apartamentos.
- Los dueños deben garantizar el manejo adecuado de la contaminación auditiva, como los ladridos, y la contaminación olfativa, asegurando el aseo de los animales y el correcto manejo de sus desechos.
- Se requiere una supervisión cuidadosa cuando las mascotas están en áreas comunes de edificios, como pasillos y ascensores.
- Algunas razas de perros y animales exóticos están sujetos a regulaciones más estrictas y les caerá todo el peso de la ley si hay maltrato animal.
Por otro lado, la sentencia T-035 de 1997 de la Corte Constitucional también es relevante en este contexto. Esta sentencia subraya que la tenencia de mascotas es parte del ejercicio de los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y la intimidad, aunque con las limitaciones necesarias para respetar los derechos de los demás, así lo describe el artículo de Asuntos Legales sobre tenencia de mascotas en apartamentos.
En otras palabras, aunque el derecho a tener mascotas está protegido constitucionalmente, debe ejercerse de manera que no afecte negativamente a la convivencia comunitaria.
Las restricciones también se aplican a fauna silvestre y especies en peligro de extinción, que requieren protección especial. A pesar de la ausencia de prohibiciones generales en la Ley 675 de 2001 sobre la tenencia de mascotas, las restricciones pueden surgir de normas adicionales que regulan razas peligrosas y animales exóticos.
No obstante, es fundamental que los reglamentos internos respeten las normas diseñadas para asegurar una convivencia armoniosa entre todos los residentes.
Finalmente, la Ley 1774 de 2016, que modificó varias disposiciones del Código Civil y otras leyes, sanciona el maltrato animal con penas de prisión de 12 a 36 meses, inhabilidad para actividades relacionadas con animales y multas de hasta 60 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Esta legislación subraya el compromiso del marco regulatorio con el bienestar animal, estableciendo un sistema de penalidades para quienes no cumplan con las normativas de cuidado y trato adecuado de los animales.
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