Escrito por:  Redacción Nación
Ago 16, 2023 - 9:51 am

El tema de las deudas y las responsabilidades económicas es algo complejo en Colombia, ya que si se queda en las cuotas o simplemente deja de pagar, le pueden embargar los bienes o el salario, queda reportado en las centrales de riesgo y la vida económica se complica más adelante. 

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Sin embargo, cuando una persona fallece y tenía deudas, muchos creen que estas responsabilidades con bancos, con el distrito u otras entidades se condonan y nadie tiene que pagarlas, pero eso no es así.

Quién tiene que pagar las multas de un fallecido

El Código Civil explicó que cuando una persona pierde la vida por cualquier circunstancia, pero tiene deudas por un crédito, una multa de tránsito o por compras en la tarjeta de crédito, alguien tiene que pagarlas, ya sea con dinero propio de los herederos o con los bienes o recursos que dejó la persona fallecida. 

“En ese sentido, al momento de liquidar la herencia se llegaría a descontar el dinero adeudado por la persona antes de hacer la repartición entre sus deudos”, dice en el Código Civil.

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Es decir, cuando una persona cometió una infracción y a los siguientes días murió, su familia tendrá que pagar esa multa, ya sea acercándose a la Secretaría de Movilidad o a través de los puntos digitales del Banco de Occidente o Caja Social.

De no hacerlo, el tener dicha deuda podría ocasionar problemas más graves con el tiempo, como el embargo de los bienes que tenía la persona fallecida o incluso del salario de los herederos. 

Por esto es que es importante tener en cuenta que a la hora de hacerse cargo de la herencia, hay que saber cuanto dinero y que propiedades tenía, pero también los pasivos con los que contaba, es decir, las deudas que aún tenía activas. 

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Ahora, cabe destacar que si no se hace la respectiva distribución pagando las deudas antes, los acreedores podrán demandar a los herederos argumentando que tienen con qué pagar y que es necesario que salden la deuda lo más pronto posible. 

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